Glosario navarro
Muestra de algunas voces y expresiones que aparecen en el trabajo reseñado entre los libros ofertados; las citas, que en general van precedidas de AGN, se refieren a fondos del Archivo Real y General de Navarra.
Agenzón: “Sierra de Axençon”, que comprendería lo situado a la margen izquierda del río Alhama: “se a nombrado y llamado Axençon, llamándolo así todo lo que está del río de Alama hacia la parte de Los Baños hasta lo que dizen el mojón de Lombatillo, que es propio término de Corella, lo que se afruenta con los términos de Alfaro y por la otra parte con el dicho río de Alama y huertos de las villas de Itero, Cintruénigo y Corella”. Diego de Allo, vecino de Alfaro, de 55 años declara en 1566: “Axençon... que así se llamaba lo que están del río de Alama y de las huertas de los defendientes (Corella, Cintruénigo y Fitero, contra Tudela) hazia la parte de la Sierra de Yerga, principiando en lo dicen el Sendero de los Castellanos por él hasta ir a dar al mojón, que llaman Alcorralejo de Piedras y al del Portillar y al del Campo de Riplos y al mojón de Los Baños, por los quales se a dividido de los términos de Alfaro y dellos se divide por los términos de Cervera hasta ir a dar a las huertas de Itero, Cintruénigo y Corella hasta terminar a lo que dizen Socañete y del a lo que llaman Nabarco”. Este último topónimo viene con distintas grafías: “Poça Margo”, “Nava Marco”. (AGN Proceso n.º 70173) Argenzón: “Montes de Cierço y Argençón” sobre los que disputan en 1677, sin que empleen la grafía “Agenzón” a lo largo del extenso papeleo. (AGN Proceso n.º 45782) En 1811 escriben: “Montes de Zierzo y Arganzón”. (AGN Proceso n.º 26662 folio 241)
Agoadora: “Joana de Añoa, dicha la Agoadora... sobre que le acusan de que es alcabueta y a encubierto mugeres casadas y sueltas en sus aposientos con hombres y otras cosas en el proceso de esta causa contenidas: fallamos que debemos de condenar y condenamos a la dicha acusada a que sea sacada de las cárceles donde está a caballo en una bestia de basto y son de trompeta y voz de pregonero, que publiquen su delito y sea llevada por las calles acostumbradas desta ciudad y le sean dados cient açotes y más condenamos a la dicha acusada en diez años de destierro de todo este nuestro Reyno y los salga a cumplir dentro de seis días después que fuere librada de las dichas cárceles y no lo quebrante so pena de destierro perpetuo y dozientos açotes con costas”. (AGN Papeles Sueltos caja 108)
Agolabeco: ajolabeco; entre los insultos que se cruzaron en 1765 entre el cirujano, Fermín Eleta y el vicario de Olazagutía, Don José Javier Aguirre, éste le dijo al cirujano: “calla boca de horno”, que sin duda es lo que significa este apelativo tan generalizado. (AGN Proceso Sent., Solano 2.ª Serie n.º 249 folio 130)
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