Amézqueta:
iglesia de patronato de los Eraso
Miguel de Eraso y Amézqueta y su
mujer María Teresa Bergara, cuyos son Amézqueta y Murguindueta contra Antonio
Eraso y Amézqueta y Teresa Rodríguez de Arellano, residentes en Murguindueta,
sobre el convenio del año 1706.
La donación lleva fecha del 8 de
octubre de 1704; el contrato matrimonial se firma en Larraga el 15 de noviembre
de 1704 ante el escribano Esteban Del Rio, y el acuerdo es del 21 de noviembre
de 1706 testificado por Fermín Huici, escribano de Villanueva.
Se certifica el bautismo celebrado
el 9 de noviembre del año 1682 en Murguindueta de “Antonio Jacinto de Eraso y
Vergara, hijo legítimo de don Miguel de Eraso y Amézqueta y su señora doña
Martí Theresa de Vergara... fueron sus padrinos el señor don Antonio de Eraso y
Amézqueta, abad de Sarasa y su señora doña Floriana de Berrio y Eraso”, siendo
abad de Murguindueta don José de Eraso.
“Rolde de los productos y rentas que tiene el
mayorazgo de Murguindueta es como se sigue:
1 Primeramente en la Probinzia en
Amézqueta tiene el patronazgo de la parroquial de dicha villa, que le reitúa
(sic) cada año trescientos reales de a ocho moneda deste Reyno de Navarra,
2 Más tiene dicho mayorazgo cinco
casas en la villa de Amézqueta, que arriendan el palacio quarenta y ocho reales
de a ocho y las otras quatro en junto arriendan setenta y ocho reales de a
ocho.
3 Más tiene en dicha villa de Amézqueta
dos molinos a medias con la dicha villa, que para cada parte arrienda a setenta
y tres reales de a ocho.
Lo que tiene en Navarra es como se sigue:
4 En Eraso tiene un molino que le
reitúa treinta y quatro robos de trigo y treinta y quatro de maíz y onze
ducados en dinero.
5 Más el palacio de Eraso que le reitúa
diez ducados en dinero, ocho robos de trigo y ocho de maíz.
6 Más una casa en el dicho señorío
de Eraso con su borda, que entre ambas reitúan diez y seis ducados en dinero,
ocho rovos de trigo y ocho de maíz.
7 Más beinte rovos de trigo le da el
lugar Errazquin por larrendazión de las tierras, que lleva dicho lugar del
señorío de Eraso.
8 Más el dicho palacio de
Murguindueta tiene quatrocientos y veinte y quatro robadas de tierra blanca que
reitúan todos los años cien robos de trigo.
Las obligaciones que tiene dicho
Mayorazgo de Murguindueta son las siguientes:
1 Primeramente los trescientos
reales de a ocho del patronazgo están enbargados en esta manera: la metad está
enbargada por el Consejo Real de Castilla para redificar la yglesia de dicha
villa de Amézqueta en donde es patrono, que se yzo por orden de dicho Consejo
escriptura para acabar dichas obras en catorze años, con Pedro de Beroyz,
maestro cantero, que durante dichos catorze años an de estar la metad de los
treszientos reales de a ocho enbargados para pagar a dicho maestro y la otra
metad de dichos trezientos pesos, que son del dicho patronazgo están enbargados
por orden de Su Magestad, que Dios le guarde.
2 Más tiene contra sí dicho
maiorazgo mil ducados de censo con restos de setezientos ducados, poco más o
menos, los quales se le deven a don Miguel de Latasa, para lo qual están
consignadas las rentas del dicho señorío de Eraso, que son molinos, palacio y
una casa con su borda y veinte rovos de trigo, que da el lugar de Errazquin.
3 Más le deve dicho maiorazgo a don
Leonardo de Olaegui, bezino de la Puente la Reina al pie de seiscientos ducados
por una adote, que se le mandó a doña Josepha de Eraso y Amézqueta para lo qual
se obligaron con las rentas, que tenían en la villa de Amézqueta y se obligaron
don Miguel de Eraso y doña Mariana de Eraso y Juzmán y doña María Teresa de
Bergara, madre y muger del dicho don Miguel de Eraso.
4 Más tiene contra sí dicho el
maiorazgo mil y quatrocientos reales, a poca diferencia, que se le deven a
Juana García de Bidangoz, viuda de Julián de Echinique y Almandoz, los quales
se le deven por aver sacado de su tienda las galas para Doña María Teresa de
Vergara, agora cosa de treinta y seis años.
5 Más se deve a Juan de Lastiri dos
mil y quatrocientos reales de aver sacado recados por orden de don Miguel de
Eraso para él y sus ijos.
6 Más se le deve a Pedro Otaegui,
vezino de la ciudad de San Sebastián treinta y siete reales de adesta por aver
sacado las galas quando se casó don Antonio de Eraso para sus hermanas.
7 Más ochenta reales de a ocho que
se le quitaron al abad de Irañeta, trescientos reales que tomó doña María
Teresa de Bergara y lo demás para pagar a don Leonardo de Otaegui con una
porción de trigo, que se le quitó al dicho abad de Irañeta.
8 Más a Juan de Chartín se le deve
cien reales por deuda, que dejó doña María Teresa Vergara quan(do) se separó de
su yjo.
9 Más está enbargada la renta de los
molinos, que tienen en Amézqueta, para pagar las obras, que se yzieron en
dichos molinos el año de mil setecientos y cinco, concertadas en quinientos
pesos por cada parte con obligazión de pagar a cincuenta por cada año.
10 Más cien reales de a ocho que se
buscaron para dar al dicho ofizial los dos primeros plazos, los quales se
deven.
11 Más ciento y onze ducados que se
deven a la yglesia de Billanueba por aver tenido arrendada la primizia por tres
años, que fueron el año de mil y setezientos y dos, tres y quatro.
12 Más deve dos censales de a zien
ducados el uno a los Padres de la Merced y los otros cien ducados a Miguel de
Ochoa, vezino de Yabar con cincuenta de corridos entrambos”.
“Rolde de la dote que trajo doña
Teresa Rodríguez y Arellano a Murguindueta, que son cuatro mil ducados, tres
mil quinientos en dinero y quinientos en galas, los quales se destribuieron en
esta forma:
1 Dos mil y trezientos ducados se le
dieron con dicha dote a don Joseph Lazcano y Canbero, vezino de la villa de
Erze, con dozientos de corridos, todos los quales devía dicho maiorazgo de
Murguindueta.
2 Más se luyeron quinientos ducados,que se le devían por una capellanía a don Joseph Burguete, bezino de la villade Lunbier. PDF
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