1535 Echarri Aranaz hidalguía
Han pedido que los vecinos de
Echarri manden a Pamplona 3 parejas de bueyes y 6 hombres para acarrear piedra
para las obras de fortificación de la ciudad; contestan que tienen privilegios
de su hidalguía y franqueza del rey Carlos II y que siempre se les han respetado
hasta esta petición.
Reclamación que presenta Echarri el
30 de mayo de 1535:
“S. C. y C. Magestad. Los alcaldes, jurados y vezinos de la villa de Echarri Araynaz dizen que la dicha villa ha seído y es buena villa y como tal se ha acostumbrado y se acostumbra siempre lamar a los Estados y estar y tener voto en ellos y los vezinos dellas han seído y son ydalgos, libres, exemptos y francos de toda servidumbre real, mixta y personal y usan y gozan de las libertades y exempciones que los hijosdalgo han gozado y acostumbrado gozar asta aquí y gozan de presente en este regno de Navarra teniendo como tienen privilegio para ello otorgado por el rey Don Carlos de buena memoria predecesor de Vuestra Magestad, el qual siempre les ha seído observado y goardado por Vuestra Magestad y sus predecesores y en tiempo ninguno han seído lamados ni compellidos a que vengan a los fosados ni obras ni al carreo de llos materiales dellas que se han echo en fortificaciones desta ciudad o por otra vía por Vuestra Magestad ni otros vuestros cargo tenientes, antes sus predecesores en el suio y los que de presente en la dicha villa habitan y moran en todo su tiempo y agora de presente han estado y están en posesión de la dicha libertad y privilegio como susodicho es y ello siendo ansí por vuestro visorey les ha seído mandado venir a la obra de la ciudad con ochenta acémilas para carrear parte de la c
al, que el señor de Ecay en una fortaleza tiene y porque ello es en prejuicio de su libertad y posesión y los vuestros antepasados así lo han goardado y obserbado y porque la dicha villa está quemada y destruida humilmente suplican a V. M. la dicha su libertad que por el dicho su privilegio tienen y la posesión en que están como dicho es, los mande goardar y obserbar y para ello vuestro real auxilio suplican. En nombre de la dicha villa: Domingo
de Erdocia”.
Echarri documenta la queja con la
presentación del original de su privilegio para demostrar su exención y queda
el asunto en litigio; pero sin resolverse éste en justicia, ordena el virrey
que se les haga pagar las multas, en que han incurrido por el incumplimiento
del acarreo.
El 26 de mayo del mismo 1535 se
manda que los que probasen en Navarra ser hidalgos, queden en sus privilegios y
libertades y no sean obligados a servicio alguno en estas obras de
fortificación de Pamplona.
Escrito
del 19 de agosto de 1535:
“Petición de los de la villa de
Echarri sobre que ellos teniendo privilegio de no hazer servicios en carreos al
rey, el visorey les manda traer piedra de la pedrera de Guendulain”.
“Los alcaldes, jurados y vezinos de
la villa de Echarri Araynaz dizen que el marqués de Cannete, vuestro visorrey
en este regno de Navarra hun día de los pasados les mandó por hun su
mandamiento truxiesen cierta varas de piedra de la cantera de Guendulain para
hobrar los muros de esta ciudad y que ellos agraviados del dicho mandato, por
tener como tienen pribilegio y libertad concedido por los reies predecesores de
Vuestra Magestad especialmente por el rey Don Carlos por el qual son exemptos y
libres de toda serbidumbre y no son obligados a servir al rey en semejante
carreos y ellos en su tiempo y sus predecesores en el suio han estado y están
en tal posesión de no hazer tales carreos, suplicaron al dicho vuestro visorey
no les preiudicase en el dicho su privilegio y posesión como todos los
visoreies deste regno lo abían echo y juntamente con ella presentaron el dicho
privilegio original para que lo viese, el qual remitió el conozimiento de la
dicha causa a los del vuestro Real Consejo, en el qual se trata y está litispedencia
citada la parte del Fiscal y continuándose con él los autos y que ello siendo
así Johan de Saturustegui, notario, ha ido a la dicha villa el lunes último
pasado con un mandamiento de vuestro visorey a executar como les ha executado
deziendo que en penas han incurrido por no aber echo el dicho carreo, no les
obtorgando adiamiento y les ha mandado de nuebo so ciertas penas agan el dicho
carreo, todo ello siendo como es en gran prejuhizio de la libertad, pribilegio
y posesión de los suplicantes y no abiendo lugar como de drecho no ha, por
estar la causa como está en litispendencia continuándose en el vuestro Consejo:
piden y suplican a Vuestra Magestad no les quiera prejudicar en el dicho su pribilegio
y posesión, mandando al dicho Johan de Saturruztegui, notario, relaxar la dicha
execución por lo pasado echa y que no les mande de nuebo hazer el dicho carreo
suspendiéndolo asta el final conozimiento de la dicha causa como lo probehieron
primero y piden cumplimiento de justicia”.
“Anno de mil quinientos y trenta y
cinco a dizenuebe días del mes de agosto en Pamplona en Consejo en juyzio leyda
esta petición, presente Joan de Jaca, procurador de los suplicantes, presente
Martin Ybañes de Monreal, sustituto fiscal, el qual pidió copia y le fue
mandado dar y que responda y concluya a la primera, presentes Goñi y Urçainqui
del Consejo”.
Con relación a Echarri el 31 de
agosto de 1535 terminan los trámites, mandando que se presentase el privilegio
a que se aludía, pero no constan más detalles. PDF
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