1542 Echarri Aranaz Ergoyena pasto para cerdos
Sobre prendamiento de ganado
Los de Ergoyena habían llevado los
cerdos al pasto el lunes 2 de octubre de 1542 y los tenían “en la endrecera
llamada Uzçugar”. El domingo día 15 por la noche recogieron la piara en las
cabañas y los encargados se retiraron a dormir a sus chozas; llegaron unos 6
guardas de Echarri y empezaron a llevarse parte de los cerdos, que no estaban
en los cubiles.
“Juramento de los testigos por los
de Ergoyena” (1 de diciembre de 1542)
“Año mil quinientos quoarenta y dos, primero día del mes de deziembre en el lugar de Liçarraga de la Tierra de Ergoyena, ante mí, Johan de Galardi, escribano receptor del Real Consejo y Corte Mayor de Nabarra e comisario receptor por el dicho Real Consejo diputado para tomar información de los contenidos en la dicha comisión, por parte de los jurados, vezinos y concejo de los lugares de Liçarraga, Torrano y Unano contra los alcaldes, jurados, vezinos y concejo de la villa de Echarri Araynaz e para la dicha información Johanes de Liçarraga, jurado del dicho lugar, ante mí el di
cho comisario presentó por testigos a Pedro yerno de Marinto Ochoqui de Liçarraga 1º Testigo. Primo el dicho Pedro de
Marinto, vezino del lugar de Liçarraga, que dixo ser de hedad de veynte y seys
años, poco más o menos, testigo de información por mi el dicho comisario tomado
para en razón de lo contenido en la dicha comisión, presentado por el dicho
Joanto, jurado y so cargo del dicho juramento preguntado, dixo que de lo
contenido en la dicha comisión lo que sabe es que enpués del día de San Miguel
de setienbre último pasado a dos o tres días los vezinos de Liçarraga, Torrano
y Unano echaron sus puercos a los términos y montes de Araynaz, que son comunes
de los lugares de Ergoyena y Echarri y Araynaz al pazto y trayéndolos cada
noche recogiéndolo cada uno de los lugares sus puercos a sus cabaynas, que para
ello tenían echas en endrecera llamada Uzçugarr y el testigo andaba porcarizo
con los puercos mayores de Liçarraga y ansí andando y trayendo los dichos
puercos el día domingo, que se contaba a quinze días del mes de otubre último
pasado a la noche este testigo y los otros porcarizos con mucha diligencia, que
para ello abían puesto este testigo y los otros porcarizos de recojer sus
puercos, como en otras vezes abían echo y azían de recojer sus puercos a sus
cabaynas y todos a su pensar abiendo recojido y cerrado las cabaynas, fuéronse
a comer y a dormir a sus chozas, que los de Torrano y Unano estaban en una
choça y los otros porcarizos de Liçarraga por sí en otra y a que fue gran noche
estando casi dormiendo vio que fueron a las dichas cabaynas Michel de Echarri,
yerno de Johan Gazte, Bitorio el pelejero y otros tres o quoatro costieros de
Echarri con achas de çuçias y andaban alrededor de las dichas cabaynas y choças
llamando a puertas y deziendo si algunos allarían alrededor y fuera de las
dicha choça y cabaynas y así andando vio que juntos y cabo la cabayna de los
vezinos de Torrano allaron estando echados y dormiendo asta doze o treze
puercos y los llebantaron a bozes y los tomaron delante por llebar a Echarri y
este testigo les dixo por qué llebaban los dicho puercos de junto a las dicha
cabaynas y ellos dixieron porque los abían tomado y allado estando fuera de las
dichas cabaynas, porque todos los puercos, que allasen fuera de las dichas
cabaynas de noches tenían drecho de prendar y carnerear dichos puercos cada
noche de cada porquería o rabayno y este testigo les dixo que no podían tomar
en prado en especial a los que estaban junto a las cabaynas dexados por
descuydo de entrar o que obiesen salido después de entrado y a esto los dichos
costieros le dixieron que callase, que no sabía lo que se dezía y que tubiese
cuydado de los suyos, que aun abían llebado dize siete puercos de Liçarraga
allados en el dicho monte y los tenían prendados en Echarri y como así le
dixieron luego este testigo fue a la cabayna de los de Torrano y Unanoa y a los
porcarizos les dixo lo que abía visto y lo que le dixieron los dichos porcarizos
y como era noche y no podían reconocer la falta se echaron a dormir y al otro
día lunes, como se yzo de día cada uno reconocieron sus puercos y allaron que a
este testigo le faltaba y tenía menos dize siete puercos y los porcarizos de
Torrano treze o catorze y luego yzieron saber a Liçarraga y Torrano y este
testigo y Ochoqui de Liçarraga porcarizo, su conpaynero y el porcarizo de
Torrano fueron a la dicha villa de Echarri, donde allaron los dize siete
puercos deste testigo y los catorze del porcarizo de Torrano en casa de Johan
Gazte costiero y alcalde de los costieros de la dicha villa y uno de los
puercos de este testigo tenían muerto y colgado y luego llegaron ay el dicho
Juanto jurado de Liçarraga y Martín de Huarte, notario y otros vezinos de Liçarraga
con una ynibición que de ante tenían sacada y luego juntado concejo el dicho
Johanto jurado de Liçarraga intimó la dicha ynibición a los jurados y vezinos
de Echarri por ante el dicho notario y porque así intimaron y sacaron la dicha
ynibición los dichos de Echarri se indinaron y dixieron que ellos podían matar
dos puercos de los de Liçarraga por aberlos tomados y prendados de noehes en el
monte y que no abían muerto sino uno y el muerto por muerto que los otros
querían bolber y pues así era muerto querían matar porque fuesen dos y bio que
todo el concejo mandó a los dichos costieros que fuesen y matasen otro puerco y
bolbiesen los quinze y luego los dichos costieros y otros vezinos de Echarri
fueron a la casa del dicho Johan Gazte y el jurado de Liçarraga y el notario,
este testigo y el porcarizo de Torrano y de los dichos costieros entraron a
donde estaban los dichos puercos Filipe de Aragón, Martín de Gebara y otros
vezinos de Echarri y los dichos costieros seynalaron un puerco para matar que
era del dicho Ochoqui de Liçarraga, que se alló presente y él rogando que no lo
matasen en fin mataron después de ser inibidos y presentado la dicha inibición
y los quinze bolbieron y dieron a este testigo y los puercos de Torrano dieron
y bolbieron lo fiadurío y puede aber catorze o quinze días que a este testigo
le an dicho y se dize públicamente en los lugares de Ergoyena que los dichos de
Echarri al fiador del porcarizo de Torrano que le an muerto dos de sus puercos
y comido por la fiaduria de que se abía puesto y que el dicho fiador agora le
demanda al porcarizo de Torrano que le pague sus dos puercos, pues le an muerto
por su fiadurio y después de lo susodicho a cabo de ocho o diez días a este testigo
un día a la noche abiendo recojido sus puercos a su pensar todos al otro día
alló por su cuenta tener menos siete puercos y luego corrió a la dicha villa de
Echarri por ver y saber si los dichos costieros de Echarri los ubiesen tomado y
llebado y los alló que estaban en casa del dicho Johangazte uno muerto y
colgado deziendo que los costieros en la noche de ante los abían llebado
prendados abiéndolos allado en el monte en el pazto y este testigo al dicho
Johangazte rogó y pidido los seys puercos bibos y el muerto y nunca le
quisieron dar el muerto y los bibos sobre fiador que dio a uno llamado Ochoqui
vezino de la dicha villa de Echarri y aun puede aber quinze días poco más o
menos que este testigo andando con los dichos puercos en Urbasa el dicho fiador
a este testigo se le fue deziendo que los dichos vezinos y costieros de Echarri
le abían requerido y mandado que bolbiese los seys puercos, de que estaba
fiador e si no que tomarían y matarían de sus puercos y pues este testigo lo
abia puesto por fiador diese los dichos seys puercos porque de otra manera le
matarían, como le abían muerto al fiador de Torrano e así este testigo los dio
porque cunpliese con la palabra que tenía prometida y el dicho fiador llebados
los dichos seys puercos an muerto el uno dellos deziendo que por el
prendamiento de los siete abían menester dos por aber prendado de noches y
bolbieron los cinco, así bien dixo que después de presentada la dicha ynibición
a cabo de diez o doze días o antes algunos días vio que los dichos costieros de
Echarri tomaron nuebe o diez puercos de los de Unanoa, no sabe ni se le acuerda
si del monte o de junto las cabaynas y al otro día los bieron sobre fiador y
puede aber quinze días que a oydo dezir y se dize públicamente en Unanoa que la
dicho fiador le an muerto dos de sus puercos y que solo en una noche a cena
comieron cinco puercos, los dos del fiador de Torrano y los dos del fiador de
Unanoa y uno de los seys que este testigo le quitó so fiador como dicho tiene
de suso e que más ni otra cosa sabe de lo contenido en la dicha comisión,
aunque fue preguntado con mucha instancia so cargo del dicho juramento, leydo
le fue su dicho y se afirmó e porque dixo que no sabía escribir firmé yo el
dicho comisario receptor por él este su dicho en su petición y a su ruego.
Diego de Galardi”.
Otros testigos coinciden con esta
declaración.
La sentencia del 22 de diciembre de
1542 no fue favorable a Echarri:
“En la causa de entre partes los
jurados, vezinos y concejo de los lugares de Ergoyena, Torrano y Unanoa, contra
los jurados, vezinos y concejo de Echarri Araynaz sobre los carneramientos de
puercos y contrabención de las sentencias, condenamos a los dichos de Echarri a
que buelban y restituyan a los dichos de Torrano y Unanoa los quatro puercos,
los dos que han tomado y muerto y comido y a Joanto el pelejero fiador de los
de Torrano y los otros dos que les han muerto y comido a Micheto de Ederra,
fiador de los de Unanoa, por aber tomado y carnereado los dichos puercos junto
a las cabañas cubilando cabe ellas y si los dichos quatro puercos no están
estantes mandamos que les paguen su justa estimación y inhibimos y vedamos a
los dichos de Echarri que no prendan ni carneren los puercos ni otros ganados
de los dichos de Ergoyena, Torrano y Unanoa, que cubilaren en las dichas
cabanas ni fuera dellas alrededor no hallándolos en el pazto de los montes so
pena de seiscientas libras y en quanto a las penas incurridas por los dichos de
Echarri por la contrabención de las sentencias reservamos a mayor deliberación
y condenamos a los dichos de Echarri en las costas desta causa cuya tasación en
nos reservamos.
Año mil y quinientos quoarenta y dos
y a veynte y dos días del mes de deziembre en Pamplona en Consejo en juizio fue
declarada y pronunciada la presente declaración segunt y de la manera que por
ella se contiene presentes Joan Burges y Lope de Suescun, procuradores de anbas
partes y el dicho Lope dixo que suplica de lo suso declarado. Pobladura.
Liedena. Verio y Francés de Atondo. Pedro Ollacarizqueta”.
Echarri protesta de esta sentencia
dictada sin tener en cuenta su defensa ni haberle escuchado sus alegaciones;
argumenta su derecho a prendar de noches el ganado, que ande suelto, por el
daño que hace, además cada uno tiene señalado su espacio, así “la endrecera llamada
Ardance Munoa, que tambíén se llama Uçubar en la parte que está azia la dicha
villa y montes de lo limitado y en la endrecera llamada Arbiçu Videa”.
Artículos que Ergoyena presenta para
que declaren sus testigos, que lo harán el 10 de febrero de 1543:
“1 Otrosí inpugnando los artículos
de nueba alegación presentado por el dicho Lope de Suescun digo que sobre ellos
no se debe admitir provança de testigos, por quanto los dichos artículos son
impertinentes y contrarios a lo articulado por mi parte y por ello se deben
mandar repelir.
2 Otrosí entiende probar por
contrario artículo que los puercos que tomaron y carnerearon el alcalde y
costieros de la villa de Echarri, sobre que es el presente pleyto, los abrían
tomado en las endreceras de Ustia Vurua o Elcorri o Ascolisasia o Otadimearr y
aun dentro de la endreçera que está deslindada por la sentencia del Real
Consejo començando más arriba del camino real, que van de Arbiçu a Echarri,
donde se pusieron mojones y començando en el regacho que vaxa de Operogayna
abaxo azia Ustia Vurua y day en drecho subiendo por el cerro enta la villa de
Echarri fasta dar en el camino real que van de Tierra de Estella a la provincia
de Guipúzcoa e incluyendo el dicho camino començando en los dichos mojones lo
más baxo y cerca azia los montes de Elcorri y subiendo por el camino real azia
lo de Ergoyena asta dar en el camino que van desde la villa de Echarri a
Operogayn y de los dichos caminos hasta dar en el dicho regacho y todos los
prendamientos y carnereamientos que hizieron los defendientes fueron dentro en
las dichas endreceras o alguna dellas.
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