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martes, 1 de enero de 2019

1715 Zuazu arca de misericordia

1715 Zuazu arca de misericordia
            “Escritura de ajuste y obligación de los interesados en la cambra de misericordia del lugar de Zuazu” en 24 de febrero de 1715.
            “En el lugar de Zuazu a veinte y quatro del mes de febrero del año mil setecientos y quinze por testimonio de mi, el escribano y testigos avajo nombrados, constituidos en persona Pedro de Huarte y Goñi, Carlos Díez de Ulzurrun, Carlos de Arruiz, Pedro de Huarte, Miguel de Astiz, Juan de Astiz, Luis de Larunbe, Juan de Gastesi, Graciana de Goñi viuda de Juan de Marchueta, y María Martín de Berema viuda de Lope de Irurzun, vecinos de este dicho lugar, y propusieron que siete casas vecinales de este dicho lugar, tienen su cambra de misericordia, que en su primera fundación se instituió de la cantidad de zien ducados, cuio importe aviéndose reducido a trigo de muchos años a esta parte se a ido repartiendo entre los otorgantes y otros que an tenido necesidad, dando por rédito reconpensativo un almud de trigo por rovo, de que a resultado averse aumentado con mucho exzeso y número dicha cambra de misericordia y reconociendo todos los otorgantes e interesados en dicha cambra que las cantidades que ay de crédito pertenecientes a dicha cambra bastarán para la luició
n y redempción del capital de los zien ducados de zensos, que tomaron para dicho efecto, an acordado recojer todo lo que ay que aver reduciendo a plazos moderados y que desde oy en aldelante zese dicho rédito reconpensativo de almud de trigo por rovo y para que tenga su devido efecto y cumplimiento lo así resuelto azen en primer lugar la relación y manifestación siguiente:

1
Primeramente la dicha Graciana de Goñi, como dueña de la casa de Aguinagarena, declaró dever doscientos y veinte y un rovos de trigo y fueron conformes los aia de pagar a diez rovos de trigo cada año, siendo el plazo primero el día de San Miguel de septiembre de este año y en aldelante los demás años siguientes para el mismo día y a dicho respecto asta acavar de pagar por entero dichos ducientos y veinte y un rovos de trigo
221
2
Ítem dijeron que dicho Hernando de Huarte deve dos rovos de trigo que los a de pagar el día de San Miguel primero de ese año
2
3
Ítem dijeron que dicho Carlos de Arruiz dueño de la casa de Churiorena deve diez y seis rovos de trigo que los a de pagar en quatro años consequtivos a respecto de quatro rovos en cada un año dellos, siendo el primer plazo el que se cumplirá el día de San Miguel de este año y en aldelante los tres años siguientes para el mismo día
16
4
Ítem dijeron que dicho Juan de Gastesi avitante en este lugar deve tres rovos de trigo que los a de pagar para el día de San Miguel primero
3
5
Ítem dijeron que la dicha María Martín de Berema, dueña de la casa de Marticorena deve sesenta y siete rovos de trigo que los a de pagar en onze años, como es a seis rovos los diez años primeros  y el onzeno y último siete rovos, que el primero se cumplirá el día de San Miguel de septiembre de este año y aldelante los diez años siguientes
67
6
Ítem el dicho Luis de Larunbe deve diez y siete rovos de trigo que los a de pagar en quatro años y días de San Miguel, los tres primeros a quatro rovos y el quarto y último zinco rovos, que el primero se cumplirá el día de San Miguel de este año.
17
7
Ítem el dicho Juan de Astiz avitante en Ecay deve veinte rovos que los a de pagar a respecto de a quatro rovos cada año siendo el primer plazo el día de San Miguel.
20
8
Ítem el dicho Carlos Diez de Ulzurrun deve seis rovos de trigo que los a de pagar en tres años y días de San Miguel a dos rovos cada año siendo el primer plazo el que se cumplirá el día de San Miguel de septiembre de este presente año y aldelante en los dos siguientes.
20
9
Ítem el dicho Pedro de Huarte y Goñi deve quatro rovos de trigo que los a de pagar en dos años y día de S. Miguel de septiembre siendo el primero el que se cumplirá el día de S. Miguel de este año
4
10
Ítem el dicho Pedro de Huarte dueño de la casa de Arrechea deve catorze rovos de trigo que los a de pagar en quatro años y días de S. Miguel en los dos primero quatro rovos y en los otros dos a tres rovos siendo el primero el que se cumplirá el día de S. Miguel de este año
14
11
Ítem el dicho Miguel de Astiz avitante en Ecay deve ocho rovos de trigo, los que a de pagar en dos años y días de S. Miguel primero de este año y venidero de mil setecientos y diez y seis
8
12
Ítem dijeron que Juan de Sacadias avitante en Ecay deve un rovo de trigo que deve pagar el día de San Miguel de este año
1
13
Ítem dijeron que Martín de Ongai, Pheliperena, deve seis rovos de trigo que los deve pagar en los dos días de S. Miguel primeros por mitad
6
14
Ítem Phelipe de Gorriti vecino de Satrustegui deve dos rovos de trigo que los deve pagar el día de S. Miguel primero de este año
2
15
Ítem Juan de Garriz avitante en Aldava deve diez rovos de trigo que los deve pagar en tres años y días de S. Miguel, los dos primeros a tres rovos de trigo y el tercero y último quatro rovos de trigo
10
16
Ítem dijeron que pertenecientes a dicha cambra ay en ser treinta rovos de trigo
30

Total robos de trigo
427

“De manera que todo lo que ay en ser y cobrables pertenecientes a dicha cambra son quatrocientos veinte y siete rovos de trigo, salvo error, y en siguiente los dichos Pedro de Huarte y Goñi y demás que van nombrados en la caveza de esta escritura prometieron y se obligaron como es los barones con sus personas y dichas mujeres con sus dotes, arras y conquistas y todos con sus vienes muebles y raízes, drechos .. PDF

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