1614 Echeberri Eraso pechas y Ureta
“Proceso de Don Carlos Eraso,
cuyo es Ichurieta y pechas del lugar de Echeberri, contra Martín de Echeberri y
otros de dicho lugar, y el Fiscal y Patrimonial, oponientes sobre la paga de
las pechas, que dicen los del dicho lugar y dicho Fiscal y Patrimonial piden,
se le adjudiquen al Real Patrimonio y restituia y vuelva lo que hubiere cobrado
por razón de la dicha pecha”.
Se inician
las declaraciones el 30 de enero de 1614, siendo el primer testigo Don Juan
García, abad desde hacía 36 años de Irurzun y Echeberri, de 71 años, hijo
nativo de “Guiçurdiaga”, zona donde siempre vivió, “eceptando diez años, poco
más o menos, que estubo en su mocedad estudiando en las universidades de Alcalá
y Salamanca”. A este testigo se le nombra en este mismo proceso y en otros por
el “Licenciado Garcés”. Asegura que no ha conocido que pagaran pecha alguna los
de Echeberri a los Eraso, sino únicamente los impuestos al Rey: “y en toda su
memoria se a nombrado y se nombra la dicha pecha por los vecinos de Echeberri,
eceptando el defendiente y su padre y abu
elo (los Eraso) regue çorra, que en
romance quiere dezir deuda devida al Rey”. Comenta que ha oído decir que
adquirió por compra Lorenzo de Eraso el Palacio de Ichurieta, y que la casa de
Echeberri no es palacio, aunque sí el “Palacio de Haviçu”, propio de los Eraso.
Se explica con estas palabras:
“Tiene para sí por cosa cierta
sin duda alguna que si fuera Palacio ningunas de las dichas dos casas de
Echeberria los dichos Juan y Lorenzo de Heraso, bisaguelo y rebisaguelo, que
fueron del dicho Don Carlos hubieran nombrado por sus dichos testamentos
palacio, como los nombraron y nombran el Palacio de Ichurieta y de Haviçu, por
ser casa donde vivían y bive el defendiente por subcesión y que en el tiempo y
memoria de este testigo siempre a oído dezir en cosas y algunas combersaciones
que el dicho Palacio de Ichurieta abía adquirido el dicho Lorenzo de Eraso por
título de compra o empeñamiento de la casa de Heraso y así lo cree este testigo
fue ello así, pues no hizo mención el dicho Juan de Heraso, su padre, por su
testamento del, sino de la casa de Echeberri, donde vivía y del Palacio de
Haviçu, y que esta es la verdad y lo que save y a bisto y oído y no cosa alguna
al contrario. Al tercer artículo dixo que tiene por cosa cierta por lo que
tiene declarado en el precedente artículo, no an tenido efecto las mercedes de
los Señores Reyes predecesores de Su Magestad de las dichas pechas, pues los de
Echeberri no an pagado ni quieren pagar la dicha pecha al defendientes ni a sus
antepasados, como lo tiene declarado y por no hazer mención por sus testamentos
de las dichas pechas los dichos Juan y Lorenzo de Heraso, como hazen de los
demás bienes y casas y Palacio y referiéndose a la dicha merced y testamentos y
sus datas agora quoarenta y ocho años, poco más o menos, siendo este testigo
estudiante, estando en el dicho lugar de Echabarri con Don Juan de Guiçurdiaga,
abad al tiempo del dicho lugar de Echabarri, su tío, un día de fiesta antes de
la misa popular, Charles de Heraso, aguelo que fue del dicho Don Carlos,
defendiente, hizo llamar y juntar en su casa de Echaberría a los vezinos del
lugar, que al tiempo heran seys, como al presente y no más, los quoales
salieron a oyr la dicha misa algo alborotados, y después de haver oído aquella,
en presencia deste testigo, los dichos vezinos le dixieron al dicho abad como
el dicho Charles de Heraso los havía llamado a su casa aquella mañana y los
havía tenido en su casa y les havía dicho que por muerte de Jil de Ollacarizqueta
estaba baco el Patrimonialato y quería hir a Madrid a pretenderlo y para que
mejor consiguiese su fin y deseo que tenía, le hizisen un cartel y
reconocimiento de que el lugar le devía pecha para calificar su persona y que
bolbiendo de Madrid lo cancelarían y que pareciéndoles hera en perjuizio de
ellos y del Patrimonio Real no le havían querido conceder lo que pidía y todos
havían salido enojados y cree que esto fue causa y ocasión que el dicho Charles
de Heraso començó a intitularse y llamarse Señor del Palacio de Echavarri y
tener pechas en los lugares de Irurçun, Goldaraz y Echarren y Echeberri, porque
antes no se solía intitular y en el tiempo y memoria de este testigo save que
ninguno de los dichos lugares concejal ni singularmente no an pagado ni pa(ga)n
pecha a la dicha casa de Echaberri ni a las demás que dicen ser palacios,
porque los de Goldaraz pagan a Su Magestad y en su nombre a su Patrimonial y
los demás a nadie...” sino al recibidor del Reino.
Declara el 2 de enero de 1614
Martín de Echeberri, de la casa de “Guillenena”, de 84 años, que conoció a
Charles de Eraso, a su hijo Remiro de Eraso y al hijo de éste Carlos de Eraso,
el que litiga y repite lo dicho por el cura.
Siguen las declaraciones:
“En la casa de la Cofradía de Echasberri a quoatro días del mes de
hebrero año de mil seiscientos y catorze, a lo que podían ser las ocho oras de
la mañana el dicho Juan de Oses en el dicho nombre presentó por testigo a
Juanes de Senosiain, vezino del lugar de Eguiarreta, para en prueva de lo contenido
en los quoarto y quinto artículos del articulado añadido y tercero del
reproduzido, el quoal mediante juramento por mi el dicho receptor recevido,
dixo dirá verdad por hambas partes y ser de hedad de ochenta años, poco más o
menos, y conoce a los litigantes y no es pariente de ninguno de ellos ni le
empecen las demás preguntas generales de la ley y del quoarto artículo del
articulado añadido dixo que este testigo es hijo natibo y natural del lugar de
Satrustegui de la Valle de Araquil y en él y en el lugar de Eguiarreta, que
están en distancia de un quoarto de leguoa del lugar de Echaberri, a tenido y
tiene su continuoa residencia en todo su tiempo, eceptados diez años, poco más
o menos, que estuvo en la ciudad de Pamplona en su mocedad enseñándose oficio
de sastre, y conoció a Charles de Heraso y a Remiro de Heraso su hijo, padre y
aguelo que fueron del dicho Don Carlos, defendiente, y los trató en el lugar de
Echaberri y en la Valle de Araquil a ocasión de haver sido Alcaldes ordinarios
de la dicha Valle y no alcançó a los antepasados ascendientes y no save ni a
oído que los suso nombrados y sus antepasados hubiesen pagado quoartel por su
casa de Echaberri ni por otras y se refiere a las líneas de Cámara de Comptos
que el articulo haze mención y en quoanto si tubieron pechas tampoco save más
de que aguora quoarenta años, poco más o menos de tiempo, el dicho Charles de
Heraso, aguelo que fue del dicho Don Carlos de Heraso, defendiente, hizo
ciertas jornadas en compañía de un escribano receptor, que solía residir en el
lugar de Salinas de Oro, y no save de su nombre, y las dichas jornadas, según
público y común dezir en los dichos lugares y Valle, las solían hazer a Madrid
sobre pretensiones que el dicho... SIGUE EN PDF
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