Contenido
- 1712 “Nombramiento de sachristán de la sachristía del lugar de Yabar en favor de Don Francisco de Ansotegui, natural y residente en el lugar de Echauri: en 20 de noviembre de 1712”.
- 1744 El 1 de noviembre de 1744 efectúa el pueblo de Yabar un nombramiento de sacristán; tendrá “anualmente las rentas y emolumentos pertenecientes a tal sachristán, que consisten en
- 1713 “Auto otorgado entre Don Esteban Fernández de Mendibil, abbad de Yabar y Josseph de Loza, Maestro Pintor, vecino de Asiain”.
- 1716 “Escritura en razón de la obra de la Fuente de el lugar de Yabar: en 23 de agosto de 1716”
- 1719 “Declaración de la obra del presbiterio de Yabar y febrero 21 de 1719”
- 1719 “Ajuste de la obra del campanario de la iglesia de Yabar con Lázaro de Marticorena, Carpintero de Lacunza: en 29 de mayo de 1719”
- 1722 “Declaración de obras para la iglesia del lugar de Yabar, en 29 de junio de 1722”
1712 “Nombramiento de sachristán de la sachristía del lugar de Yabar en favor de Don Francisco de Ansotegui, natural y residente en el lugar de Echauri: en 20 de noviembre de 1712”.
“En el
lugar de Yabar a veinte de noviembre de mil seiscientos y doce, por testimonio
de mi, el escribano y testigos infrascritos, los señores abbad, Regidor y
vecinos del dicho lugar, se juntaron y congregaron como lo tienen de costumbre
en la casa donde avita el Regidor, a toque de campana, a tratar, expedir y
deliberar semejantes y otros negocios tocantes al vien común, en donde por esta
vez se hallaron presentes Don Esteban Fernández de Mendibil, abbad, Martín de
Astiz mayor, Rexidor, Miguel de Galar, Juan de Semper, Lope de Arruiz, Martín
de Astiz menor, Juanes de Gorriti, Antonio Fernández de Mendibil, Juan Martín
de Zubiría, Francisco de Huarte, Miguel de Irañeta, Martín de Zubiría, Martín
de Larumbe, Martín de Goldaraz, Gregorio de Requena, Martín de Gargallo y
Martín de Legarra, todos ab
bad, Regidor y vecinos de este lugar y según
hicieron relación de las tres partes las dos y más Concejo hacientes y
celebrantes, los presentes haciendo y firmando por sí y por los ausentes, por
quienes prestaron capción de rato grato et iudicatum solbendo, avisado de su
disposición por mí, el escribano, de que doi fee, y dijeron que en la
conformidad de la costumbre y posesión inmemorial, en que se hallan los
otorgantes, tenían nombrado por sachristán, para que sirbiese la sachristía de
su iglesia parrochial a Don Miguel de Zubiría, clérigo de menores órdenes,
natural de este lugar, quien por auto de oi fecha de la presente ante el
escribano infrascrito a echo desistimiento de ella, por cuia razón se halla
baca actualmente la dicha sachristía, como consta de dicho auto, que irá por
principio en los traslados, que se dieren de este instrumento; y los
otorgantes, aceptando dicho desistimiento, deseosos de que no falte el ornato y
decencia, que se requiere para el servicio de el Culto Divino, en lo que
depende de dicho sachristán, desde luego baliéndose de el derecho, que les
compete, todos los otorgantes concordes, nemine discrepante, eligen y nombran
por tal sachristán de su iglesia parrochial a Don Francisco de Ansotegui, clérigo
de menores órdenes, residente en el lugar de Echauri, persona benemérita, en
que concurren las partes y demás circunstancias necesarias, para que sirbiendo
por sí la dicha sachristía, perciba y cobre durante su vida la renta
perteneciente a ella y goce todos los onores, provechos, prerrogatibas y
emolumentos, que como a tal le tocan, según y de la manera que sus predecesores
sin diferencia alguna, y para que a todos tiempos conste el útil, que pudiera
tener dicho sachristán en cada un año, se declara que el arrendador de la
primicia deve pagarle anualmente siete rovos de trigo para hacer las ostias y
limpiar la iglesia, con cuio gravamen se pone en arrendación aquella, como
carga hordinaria.
Asimismo
cada uno de los vecinos y avitantes de este lugar dos almudes de trigo en cada
un año por tocar las campanas a nublado, que regularmente suele coger seis
robos de trigo, poco más o menos; todos los días una oblada, que pesará una
libra, y siempre que hubiere alguna función una ofrenda de tres o quatro libras
y la comida en compañía del cura, y en todos los bautizos medio real, y
aviéndose echo cómputo prudencial en atención a las muchas funciones, que suele
aver en dicha iglesia y regulado el trigo a seis reales un año con otro, es
constante que dicha sachristía dará de renta en cada un año catorce ducados,
poco más o menos.
Y por
quanto a llegado a noticia de los otorgantes que el dicho Don Francisco de
Ansotegui desea hordenarse en sachris, todos conformes piden y suplican al
Señor Provisor y Vicario xeneral de este obispado, en sede episcopal bacante, o
su lugartheniente, a quien tocare el conocimiento de la causa, se sirban de
concederle colación y canónica institución de la dicha renta, exigiéndola en
colatiba y esponen en que desde luego consienten los otorgantes y se obligan en
forma de derecho a la obserbancia deste nombramiento, pena de costas y daños, y
así lo otorgaron siendo testigos Don Juan Abinzano y Echarren, abbad de el
lugar de Irañeta, y Pedro de Alvizu y Baquedano, vecino de este lugar y firmaron
los siguientes con mi el escribano, que doi fee conozco a todos.
Don Esteban Fernández de Mendibil
Ante mi, Juan Francisco Fernández de Mendibil, escribano”.
(AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Juan Francisco Fernández de
Mendivil, legajo 77 n.º 66)
1744 El 1
de noviembre de 1744 efectúa el pueblo de Yabar un nombramiento de sacristán;
tendrá “anualmente las rentas y emolumentos pertenecientes a tal sachristán,
que consisten en7 robos de trigo, que por
carga ordinaria le ha de dar el arrendador de la primicia, por el cuidado, que
el sachristán a de tener de limpiar o barrer la iglesia y hacer las hostias;
asimismo cada uno de los vecinos y habitantes de este lugar le a de dar dos
almudes de trigo por tocar las campanas a nublado, lo qual importará en el todo
6 robos de trigo, poco más o menos; más tiene el sachristán cada día una oblada
de peso de una libra y siempre que hubiere función de entierro, honras o
semejante, una ofrenda de tres a quatro libras y la comida en compañía del cura
en la casa de la función y en todos los bautizos a medio real en cada uno; de
suerte que según cómputo prudencial y las muchas funciones, que suele haber en
dicha parroquia y contado el precio del trigo al ... SIGUE EN PDF
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