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viernes, 30 de diciembre de 2016

1712 1713 1716 1719 1722 Yabar sacristán fuente y obras en su iglesia

Contenido
  • 1712 “Nombramiento de sachristán de la sachristía del lugar de Yabar en favor de Don Francisco de Ansotegui, natural y residente en el lugar de Echauri: en 20 de noviembre de 1712”.
  • 1744 El 1 de noviembre de 1744 efectúa el pueblo de Yabar un nombramiento de sacristán; tendrá “anualmente las rentas y emolumentos pertenecientes a tal sachristán, que consisten en
  • 1713 “Auto otorgado entre Don Esteban Fernández de Mendibil, abbad de Yabar y Josseph de Loza, Maestro Pintor, vecino de Asiain”.
  • 1716 “Escritura en razón de la obra de la Fuente de el lugar de Yabar: en 23 de agosto de 1716”
  • 1719 “Declaración de la obra del presbiterio de Yabar y febrero 21 de 1719”
  • 1719 “Ajuste de la obra del campanario de la iglesia de Yabar con Lázaro de Marticorena, Carpintero de Lacunza: en 29 de mayo de 1719”
  • 1722 “Declaración de obras para la iglesia del lugar de Yabar, en 29 de junio de 1722”

  

1712 “Nombramiento de sachristán de la sachristía del lugar de Yabar en favor de Don Francisco de Ansotegui, natural y residente en el lugar de Echauri: en 20 de noviembre de 1712”.

            “En el lugar de Yabar a veinte de noviembre de mil seiscientos y doce, por testimonio de mi, el escribano y testigos infrascritos, los señores abbad, Regidor y vecinos del dicho lugar, se juntaron y congregaron como lo tienen de costumbre en la casa donde avita el Regidor, a toque de campana, a tratar, expedir y deliberar semejantes y otros negocios tocantes al vien común, en donde por esta vez se hallaron presentes Don Esteban Fernández de Mendibil, abbad, Martín de Astiz mayor, Rexidor, Miguel de Galar, Juan de Semper, Lope de Arruiz, Martín de Astiz menor, Juanes de Gorriti, Antonio Fernández de Mendibil, Juan Martín de Zubiría, Francisco de Huarte, Miguel de Irañeta, Martín de Zubiría, Martín de Larumbe, Martín de Goldaraz, Gregorio de Requena, Martín de Gargallo y Martín de Legarra, todos ab
bad, Regidor y vecinos de este lugar y según hicieron relación de las tres partes las dos y más Concejo hacientes y celebrantes, los presentes haciendo y firmando por sí y por los ausentes, por quienes prestaron capción de rato grato et iudicatum solbendo, avisado de su disposición por mí, el escribano, de que doi fee, y dijeron que en la conformidad de la costumbre y posesión inmemorial, en que se hallan los otorgantes, tenían nombrado por sachristán, para que sirbiese la sachristía de su iglesia parrochial a Don Miguel de Zubiría, clérigo de menores órdenes, natural de este lugar, quien por auto de oi fecha de la presente ante el escribano infrascrito a echo desistimiento de ella, por cuia razón se halla baca actualmente la dicha sachristía, como consta de dicho auto, que irá por principio en los traslados, que se dieren de este instrumento; y los otorgantes, aceptando dicho desistimiento, deseosos de que no falte el ornato y decencia, que se requiere para el servicio de el Culto Divino, en lo que depende de dicho sachristán, desde luego baliéndose de el derecho, que les compete, todos los otorgantes concordes, nemine discrepante, eligen y nombran por tal sachristán de su iglesia parrochial a Don Francisco de Ansotegui, clérigo de menores órdenes, residente en el lugar de Echauri, persona benemérita, en que concurren las partes y demás circunstancias necesarias, para que sirbiendo por sí la dicha sachristía, perciba y cobre durante su vida la renta perteneciente a ella y goce todos los onores, provechos, prerrogatibas y emolumentos, que como a tal le tocan, según y de la manera que sus predecesores sin diferencia alguna, y para que a todos tiempos conste el útil, que pudiera tener dicho sachristán en cada un año, se declara que el arrendador de la primicia deve pagarle anualmente siete rovos de trigo para hacer las ostias y limpiar la iglesia, con cuio gravamen se pone en arrendación aquella, como carga hordinaria.
            Asimismo cada uno de los vecinos y avitantes de este lugar dos almudes de trigo en cada un año por tocar las campanas a nublado, que regularmente suele coger seis robos de trigo, poco más o menos; todos los días una oblada, que pesará una libra, y siempre que hubiere alguna función una ofrenda de tres o quatro libras y la comida en compañía del cura, y en todos los bautizos medio real, y aviéndose echo cómputo prudencial en atención a las muchas funciones, que suele aver en dicha iglesia y regulado el trigo a seis reales un año con otro, es constante que dicha sachristía dará de renta en cada un año catorce ducados, poco más o menos.
            Y por quanto a llegado a noticia de los otorgantes que el dicho Don Francisco de Ansotegui desea hordenarse en sachris, todos conformes piden y suplican al Señor Provisor y Vicario xeneral de este obispado, en sede episcopal bacante, o su lugartheniente, a quien tocare el conocimiento de la causa, se sirban de concederle colación y canónica institución de la dicha renta, exigiéndola en colatiba y esponen en que desde luego consienten los otorgantes y se obligan en forma de derecho a la obserbancia deste nombramiento, pena de costas y daños, y así lo otorgaron siendo testigos Don Juan Abinzano y Echarren, abbad de el lugar de Irañeta, y Pedro de Alvizu y Baquedano, vecino de este lugar y firmaron los siguientes con mi el escribano, que doi fee conozco a todos.
Don Esteban Fernández de Mendibil
Ante mi, Juan Francisco Fernández de Mendibil, escribano”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Juan Francisco Fernández de Mendivil, legajo 77 n.º 66)
1744 El 1 de noviembre de 1744 efectúa el pueblo de Yabar un nombramiento de sacristán; tendrá “anualmente las rentas y emolumentos pertenecientes a tal sachristán, que consisten en7 robos de trigo, que por carga ordinaria le ha de dar el arrendador de la primicia, por el cuidado, que el sachristán a de tener de limpiar o barrer la iglesia y hacer las hostias; asimismo cada uno de los vecinos y habitantes de este lugar le a de dar dos almudes de trigo por tocar las campanas a nublado, lo qual importará en el todo 6 robos de trigo, poco más o menos; más tiene el sachristán cada día una oblada de peso de una libra y siempre que hubiere función de entierro, honras o semejante, una ofrenda de tres a quatro libras y la comida en compañía del cura en la casa de la función y en todos los bautizos a medio real en cada uno; de suerte que según cómputo prudencial y las muchas funciones, que suele haber en dicha parroquia y contado el precio del trigo al ... SIGUE EN PDF

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