Iturmendi: 1789
Los Ezquer de Lizarraga en la clase de hidalgos:
Escudo de Armas sobre la portalada principal de una casa de
Iturmendi.
Dueño de la Casa Solar de Ezquer de Lizarraga en el lugar
de Lizarraga Goicoa del Valle de Ergoyena
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1
Joanot Ezquer de Lizarraga
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2
Peru Ezquer de Lizarraga
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3
Miguel Ezquer de Lizarraga que casó en Iturmendi
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4
Martín Ezquer de Lizarraga
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↓
5
Esteberiz Ezquer de Lizarraga con María García Ezquer
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↓
6
Juan Ezquer de Lizarraga con María Ochoa
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⁄ ↓
8
Lucas Ezquer de Lizarraga con María Hernandoiz de Ondarra
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7
Miguel Ezquer de Lizarraga con Graciana de Iturralde
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Éste
y su hermano Lucas litigaron en la Real Corte el año de 1607 y 1608 contra el
Valle de Burunda sobre servir los empleos del Estado de Hijodalgo como
originarios de la Casa Solar de Ezquer de Lizarraga y obtuvieron sentencia
pasada en autoridad de cosa juzgada contra el Valle para que los admitiesen
en las elecciones con los hijosdalgo.
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↓
↓
10
Miguel Ezquer de Lizarraga con Graciana de Iturralde
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9
Miguel Ezquer de Lizarraga con Rafaela Albizu
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Bautismo
de Miguel hijo de Miguel sin expresión de la madre en Iturmendi el 4 de marzo
de 1641.
Contratos
con expresión de los padres.
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⁄ | \ ↓
14
Miguel, Gregorio y Águeda
Ezquer de Lizarraga
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13
Diego Ezquer de Lizarraga
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12
Lucas Ezquer de Lizarraga con M.ª Goicoechea este Lucas por sí y sus
hijos justificó su limpieza en la Provincia
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11
Cristóbal Ezquer de Lizarraga con M.ª Errandez de Ondarra
Bautizado
en Iturmendi el 28 de febrero de 1672.
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Bautismo
y casamiento
Testamento
con expresión de los tres hijos y de que Miguel y Pedro Esteban 16 y 19
estaban casados
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↓ ↓ ↓ ↓
15
Miguel y Antonio
Ezquer de Lizarraga
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16
Pedro Esteban Ezquer de Lizarraga en 1.ª nupcias con
Michaela Magdalena López de Goicoechea
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17
En 2.ª con Margarita Zufiaurre
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18
Don Domingo Ezquer de Lizarraga
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19
Miguel Ezquer de Lizarraga con María Luisa Zufiaurre;
Bautismo
casamiento
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↓ ↓ ↓
20
Christóbal y Francisco Bernardo Ezquer de Lizarraga;
bautismos
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21
Francisco Miguel y Miguel Ezquer de Lizarraga;
bautismos
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22
Diego, Francisco Miguel, Juan Andrés y Joseph Ignacio
Ezquer de Lizarraga;
bautismos
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Actas matrimoniales en Olazagutia
de los Ezquer de Lizarraga: se casan hermanos con hermanas:
El 18 de abril del año 1724 de Miguel Ezquer de Lizarraga
con María Luisa Zufiaurre; era él hijo de Cristóbal Ezquer de Lizarraga y de
María Hernández de Ondarra; ella hija de Miguel Zufiaurre y de María Francisca
Zubiría.
Otro matrimonio se celebró el 10 de agosto de 1744 entre
Pedro Esteban Ezquer de Lizarraga y Margarita Zufiaurre; él hijo de Cristóbal
Ezquer de Lizarraga y de María Hernández de Ondarra, y ella de Miguel Zufiaurre
y de María Francisca Zubiría.
Cristóbal
Ezquer de Lizarraga, natural de Iturmendi como sus padres (Miguel y Rafaela
Albizu), se casó el año 1697 con María Hernandoiz de Ondarra, natural de
Olazagutia como sus padres (Esteban Ondarra y Juana María Zabala).
El 20 de
diciembre del año 1731 María Hernandoiz de Ondarra, ya viuda, hizo en
Olazagutia su testamento ante el escribano José Galbete; la casa de Olazagutia
la dejaba al hijo clérigo y la que tenía en Alsasua al hijo que allí vivía.
El 7 de
septiembre de 1775 varios Ezquer de Lizarraga (Cristóbal, Francisco Bernardo,
Miguel, Diego Francisco Miguel y Juan Andrés) “dicen que en una casa, que fue
de Miguel Ezquer de Lizarraga, su bisabuelo, sita en el lugar de Iturmendi, de
donde fue vecino, existe sobre su portalada principal un escudo de armas con
diferentes divisas y blasones de nobleza, el qual sin embargo de que hace más
de 70 años existe, no se le denunció en su tiempo”. En dicha casa vivía en la
fecha citada Rafaela Fernández de Garayalde y Lazcano, hija de Miguel Fernández
de Garayalde y Lazcano y Rafaela Ezquer de Lizarraga, ésta hermana de
Cristóbal, abuelo de los suplicantes en el proceso.
Se aporta
documentación anterior; así una copia del pleito de Burunda contra Lope de
Garcho, de Alsasua, al que habían nombrado Almirante y protestaba por ser
hidalgo, aunque la sentencia le fue contraria a pesar de tener 73 años; le
obligaban a hacer el oficio durante un año en 1542; de paso cuentan como se
hace “la elección de Alcalde y Almirante, que en cada un año ha de haver en el
dicho Valle y se hace juntándose todo el Valle en cierto lugar donde
acostumbran juntarse para el dicho efecto y así estando juntos echan suertes,
entre los vecinos de cada lugar, y salen hasta once en suertes y los once que
así salen, nombran y esleen por todo el Valle y en nombre de todos una persona
que más hávil les pareciese para Alcalde y a otro para Almirante para un año, y
se hace la dicha elección en el día de San Miguel de cada un año y con solo ser
así nombrados y escogidos los electos para los dichos oficios suelen quedar y
quedan por oficiales del año y tiempo para el qual son nombrados” (1542, en
1563 sufriría este esquema una modificación).
El año 1581
demandan los Celaya de Olazagutia y Alsasua contra el Valle de Burunda su
hidalguía como descendientes de la Casa y Solar antiguo de Celaya, situado en
Alsasua; acabaría el 3 de octubre de 1588; antes de esta fecha se dictó
sentencia (22-XII-1582) a favor de los Celaya, a quines consideran y amparan
por “hombres hijosdalgo y de usar y gozar como tales de las libertades y
exempciones que los hijosdalgo en este Reyno y fuera de él suelen y acostumbran
gozar” (f. 62v)
Apela de
esta resolución el Valle de Burunda argumentando que se trata de topónimos en
Alsasua: “una parte se llama Erbina y otra Yaurtia y otra Otavia y otra se
llama Celaya, que son como Barrios del dicho lugar, donde ay diversas casas y
abitaciones”. (f. 63v)
Exponen que
las casas allí edificadas llevan poco tiempo y ninguna tiene preeminencia, y
que el terreno o “endrecera llamada Celaya se llama y a llamado así por ser
endrecera más llana y más estendida, que las otras partes del dicho lugar y
antes que en la dicha endrecera hubiese casa ni habitación alguna tenía ese
nombre”. (63v)
Los
Tribunales Reales el 1 de febrero de 1586 anularon la sentencia anterior ante
estas alegaciones de Burunda; la cual se confirmó definitivamente el 3 de
octubre de 1587.
Como parte
del expediente promovido por Simón Miquélez de Mendiluce y Baltasar Miquélez de
Mendiluce (de Olazagutia) se aporta al proceso el acta de la Junta de “Bazarremendia”
del 7 de marzo de 1655: “Dijeron que de tiempo inmemorial a esta parte solos
los que an tenido oficios de Alcalde, Teniente y Diputado General de la Valle
llevan y an llevado las prelaciones y onores ansí en sus iglesias parroquiales
como en los demás actos públicos y después de ellos se siguen los demás vecinos
por ante-casados, sin que jamás aian tenido lugar preeminente ni señalado los
que son Rexidores y Diputados actualmente de los lugares particulares de la
dicha Valle y es a noticia de los señores otorgantes que por sus fines
particulares algunos vecinos an querido y quieren calificar los oficios de
Rexidores y Diputados de los lugares dándoles la misma calidad y prerrogativa,
que a los dichos oficios de Alcalde, Teniente y Diputado General del Valle,
siendo contra toda verdad y contra lo que asta oi se ha estilado y recevido en
la dicha Valle”. (f. 68v-69)
También
recuerdan la situación de Esteban Gainza, a quien sustituía de Merino “Juan de
Erbina, concertado a razón de 12 ducados por año a costa de él”, el año 1647.
(f. 78)
El año 1712
nombran curiosamente para Merino a uno que era francés y a otro que procedía de
Zalduendo; consta en el acta del 2 de octubre que se juntan en Bazarramendi los
representantes de cinco pueblos, menos los dos de Olazagutia y que el día de
San Miguel, 29 de septiembre, “sortearon los otorgantes por electores para
hacer nombramiento de sujetos para Alcalde, Teniente y Diputado General y
Merino de la dicha Valle en el lugar de Olazagutia”; salieron Hernando Lecea (Alcalde),
Antón López de Goicoechea (Teniente de Alcalde) y José Galbete (Diputado
General); ese día 29 no hicieron el sorteo de Merino, sino que lo dejaron para
informarse debidamente sobre las posibles personas a elegir entre las del
Estado de Labradores de Olazagutia: “solo hallan en dicho lugar de Olazagutia
dos sujetos del Estado de Labradores, que les toca servir dicho oficio de
Merino, éste por alternatiba, que son: Domingo de Apeche, zapatero natural
francés y a Juan Ochoa de Yara, vecinos del dicho lugar, y respecto de que el
dicho Domingo de Apeche se alla preso en la cárcel de la ciudad de Estella por
deudas y no se sabe cuándo se librará”, nombran al otro, Juan Ochoa de Yara,
que era de Zalduendo de la noble de Yara y además, ahora guarda de las Tablas
Reales, vigilando los puertos de la localidad, lo que alega como doble
incompatibilidad para ser nombrado Merino, y se anuló su elección.
En 1713 le
corresponde a Bacaicoa el turno de los cargos representativos del Valle y para
Merino fue propuesto Bernardo Echeverría (francés) y por su teniente Lope Anso.
Bernardo
Echeverría, “natural de la provincia de Labort, Reyno de Francia, de oficio
carpintero hará ocho años de tiempo casó en dicho lugar de Bacaicoa, uno de los
del Valle, con hija natural de él, y se halla vecino y residente”; manifiesta
que hace 5 años también le nombraron Merino, y que había presentado papeles,
pero le decían que no estaban hechos con arreglo a las Leyes del Reyno; asegura
que le costó mucho dinero poner un sustituto de dicho cargo y abonar los
papeles oportunos; era de “Labort, lugar de Mendiondo”; en definitiva el año
1713 puso un sustituto pagado de su bolsillo, y le liberaron del cargo por
sentencia de los Tribunales Reales del 13 de septiembre del año 1720.
Acerca de la
elección anual del 29 de septiembre hecha la Junta General explican los pasos;
se reúnen en Bazarramendi, “poniéndose cada lugar en su paraje señalado cogen
las abas, los que están reputados por de dicho Estado de Hijosdalgo y sortean
diez electores para los referidos empleos, y éstos hacen la elección en la
forma referida, sin que para este efecto aian tenido ni tengan voz ni voto ni
se les aia dado aba a los de dicho Estado de Francos, y dicha elección de
Merino y sus tenientes ejecutan dichos electores según la costumbre de los
francos, que ay en el lugar donde fuere electo el Alcalde”; es decir, “por
sorteo salen 10 electores”, que son los que han sacado haba negra, pues en cada
una de las cinco bolsas, se quitan dos habas normales y se echan dos negras.
Sobre los
Ezquer de Lizarraga se dictó sentencia el 3 de abril de 1789:
“En este
negocio en apelación de Cristóbal Ezquer de Lizarraga y consortes, Barricarte
su Procurador de la una y el nuestro Fiscal, a quien se han comunicado los
autos:
Se revoca
el decreto del Alcalde del Valle de Borunda de veinte y tres de septiembre
del año de mil setecientos ochenta y cinco folio veinte y cinco de autos, y
en su consecuencia se manda que el mismo Valle describa e incluia en la Lista
de Hijosdalgo y esentos de él a Cristóbal Ezquer de Lizarraga y consortes en
la forma, que lo solizita en su pedimento folio diez y nuebe: Assí se declara
y manda. Está rubricada por los Señores Ozcariz, Beortegui, Navasqués y
Córdova.
En
Pamplona en Consexo en la Audiencia General viernes a tres de abril de mil
setecientos ochenta y nuebe el Consexo Real pronunció y declaró esta
declaración según y como por ella se contiene en presencia del substituto del
Señor Fiscal y Procurador de esta causa y de su pronunciación mandó hacer auto
a mí, presentes los Señores Regente, Eguia, Ozcariz, Beortegui, Campomanes y
Córdova del Consexo. Pedro Fermín Solano, Secretario. Por traslado, Pedro
Fermín Solano, Secretario”.
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Esta
resolución se hacía extensiva a los demás Ezquer de Lizarraga:
“Sevastián
de Barricarte, Procurador de Christóbal Francisco Bernardo, Miguel y Alexandro
Ezquer de Lizarraga, hermanos, Francisco Miguel y Juan Andrés Ezquer de
Lizarraga, también hermanos, y Diego Ezquer de Lizarraga, su primo, vezinos del
lugar de Olazagutia en el Valle de Burunda, dicen que en la causa que han
litigado contra el Fiscal de vuestra Magestad sobre que en dicho Valle se les
ponga a mis partes en su alistamiento en la Clase de Hijosdalgo borrándolos de
la en que se les puso, se a mandado así por sentencia de vuestro Consejo pasada
en autoridad de cosa juzgada y para su cumplirse con su thenor:
Suplica a
V. Magestad mande se les de traslado de ella con inserción de pedimento folio
19, su decreto y auto: pedimento folio 26 su decreto y auto, respuesta de
vuestro Fiscal folio 28, decreto de vuestro Consejo folio 28 con su auto,
informe de dicho Valle de Burunda folio 31 su rúbrica, decreto y auto,
respuesta de vuestro Fiscal folio 42 y escrito folio 156; que la persona a
quien tocare junte a dicho Valle y que se les buelba el Libro que a corrido con
los autos, de que se hizo exibición dando recibo y pide justicia. Por
Barricarte. Félix Escudero”.
“Como se
pide”.
“En
Pamplona en Consexo en la Audiencia miércoles a seis de mayo de mil setecientos
ochenta y nueve, leída esta petición antecedente el Consexo Real proveyó el
decreto de arriba y hacer auto a mí, presente el Señor Córdoba del Consejo.
Pedro Fermín Solano, Secretario”.
“He
recevido del Señor Secretario Solano, mediante lo mandado por el Real Consexo
el Libro, que comprende este pedimento. Pamplona y maio 7 de 1789. Huarte”.
(AGN Procesos Sentenciados, Pedro Fermín Solano, fajo 1.º 1789 N.º 12).. DESCARGABLE EN PDF
Estimado Rafael,
ResponderEliminarTe agradezco mucho que hayas publicado este pleito de los Ezquer de Lizarraga. Yo desciendo de Lucas Ezquer de Lizarraga y María de Goicoechea, quienes se establecieron en Alegia (Guipúzcoa) a finales del s. XVII.
Saludos
Hola Iván: yo también desciendo de Lucas Ezker de Lizarraga y Martia Goikoetxea. Un saludo
EliminarHola, un gusto. Saludos
EliminarDon Rafael...tengo que revisar de nuevo mi línea Ezquer de Lizárraga, pues tengo alguna duda que se bien que me resolveras... Un saludo y gracias por tus aportaciones.
ResponderEliminarEstimado Aitor
ResponderEliminarpuedes consultar en
http://documentanavarra.blogspot.com.es/2014/09/iturmendi-1692-inventario-del-porte-de.html
Iturmendi: 1692: inventario del porte de un arriero
Lo que porta Cristobal Ezquer de Lizarraga cuando muere repentinamente en ca de su hermano.