Elección de Alcalde en Burunda.
Contra Miguel de Gainza y Mendizábal y consortes sobre
impedimento para cargos de Ayuntamiento.
El 29 de
septiembre de 1725 tocaba a Bacaicoa que fuesen elegidos tres de sus vecinos
para Alcalde, Teniente de Alcalde y Diputado General del Valle de Burunda.
El acto
celebrado en Junta del Valle es recurrido por irregularidades, que se denuncian
desde Bacaicoa; el Alcalde saliente era Antonio López de Goicoechea, vecino de
Olazagutia; los nuevos nombrados han sido:
Miguel de Gainza y Mendizábal, Albéitar y Herrero,
Joaquín de Galarza, hermano del escribano real Francisco de
Galarza,
Martín Fernández de Garayalde y Lazcano, Sastre.
El 10 de
octubre de 1725 declaran algunos testigos:
“En el
lugar de Vacaiqua a diez de octubre del año mil setecientos veinte y cinco,
Diego de Goicoechea y Ciordia, por sí y en nombre de dicho lugar mediante orden
que para este efecto le an dado como Rexidor, que de él a sido asta el día de
San Miguel de septiembre próximo pasado, para xustificar lo contenido en el
articulado y auto sobre impedimentos añadidos del mismo lugar proveído por el
Real Consejo de este Reino, ante mí, el escribano real infrascrito, presentó
por testigos a Juan de Ostiza, Eugenio de Bengoechea, Miguel de Mendía, Antón
de Galvete, y Miguel de Galarza, vecinos de los lugares de Urdiain, y Iturmendi
de esta Valle de Burunda, a los quales y de cada uno de ellos por sí y
separadamente yo el dicho escribano mediante la comisión que se me concede por
dicho Real Consejo le receví xuramento en forma devida de derecho, que hago
fee, para que a su fuerza digan y declaren la verdad y lo que saven al tenor de
los artículos de dicho articulado, y absolviendo dicho xuramento ofrecieron de
hacer así y de ello hice este auto y firmé. Ante mí, Francisco de Jáuregui,
escribano.”
“Testigo
1.º Primeramente el dicho Juan de Ostiza, natural y vecino del lugar de
Urdiain, testigo presentado y xurado en esta causa de hedad que dijo ser de
cinquenta y dos años, poco más o menos, y que no le comprenden las preguntas
generales de la Ley.
Preguntado
del contexto del primer artículo del articulado sobre impedimentos de esta
causa dijo que el día de San Miguel veinte y nueve de septiembre de cada año,
los seis lugares de que se compone esta Valle de Burunda, que son Vacaiqua,
Iturmendi, Urdiain, Alsasua, Olazagutia, y Ciordia, tienen su Xunta en el
puesto llamado Bazarremendia, y asisten a ella lo más de los vecinos en la
forma acostumbrada, por ser el día señalado para el sorteo de los Electores
Diputados, y por éstos la nominación de Alcalde, Theniente y Diputado General,
en el lugar que le corresponde por la alternatiba, que practican, nombrando en
suerte de abas a los Electores Diputados en los cinco lugares, y a dos en cada
uno, los quales eligen tres sugetos para dichos empleos de Alcalde, Theniente y
Diputado General, en el lugar que su turno le tocare, sin que tenga electores
ni voto el lugar donde an de ser nombrados y elegidos los referidos tres
sugetos. Y en esta forma a visto el que depone observan dicha costumbre en todo
su tiempo, y lo mesmo a oydo decir a sus mayores y más ancianos, sin cosa en
contrario y responde.
Al segundo artículo
dijo que el día de San Miguel próximo pasado a continuación de la costumbre
expresada, se combocaron los vecinos de los seis lugares de esta Valle con su
Alcalde, Rexidores y Diputados, al mencionado sitio de Bazarremendia, en el
qual estando xuntos, Antonio López de Goicoechea, Alcalde y vecino de
Olazagutia, hizo la proposición y arenga, que se estila de pedir perdón de
quanto huviese faltado en su empleo, y consiguientemente dijo que respecto de
que en el lugar de Vacaiqua se devía este año nombrar a los tres sugetos para
Alcalde, Theniente y Diputado General, mirasen y tuviesen presente para no nombrar
a ninguno de los que siguen el pleito sobre el Corte de los Castaños, y con
este motivo huvo alguna inquietud fundada, en que havía pleito contra los que
obraron en el corte y tala de castaños, y no havía contra el Valle, y se dejase
esta materia a la determinación de la Justicia; y con esto los cinco lugares a
quienes tocava hacer la suerte de los Diez Electores, se apartaron a sus
parages señalados, y los de Urdiain a tiempo que se hallavan a ese fin y que ya
salió por Elector Diputado, el que depone, y continuava la suerte para el
segundo, llegó a ellos dicho Alcalde y les dijo a todos los vecinos que quién
les havía mandado echar la suerte de los Electores, pues havía que conferir y
tratar sobre ello, y respondiéndole que ejecutaban lo que la costumbre dictaba
y derecho que tenían, se apartó dicho Alcalde, y luego salió por segundo
Elector Eugenio de Bengoechea, vecino del mismo lugar de Urdiain, con quien el
testigo después que se declararon los Electores de los otros quatro lugares, se
arrimaron los Diez con dicho Alcalde también al parage savido, y a poca
detención Juan de Puzueta, vecino y uno de los dos Electores del lugar de
Ciordia, llamó a su compañero y a los quatro de Olazagutia y Alsasua, dejando
solos al que depone, su compañero y a los dos de Iturmendi, a quienes a breve
rato que de conferencia tubieron los seis, parecieron con dicho Alcalde
Fernando de Alvizu y Francisco de Galarza, escribanos reales, y entraron a dar
los botos dando principio dicho Juan de Puzueta, quien nombró a Martín
Fernández de Garayalde y Lazcano, Maestro Sastre, a Miguel de Gainza y
Mendizával, Maestro Alvéitar, y a Juachín de Galarza, los tres vecinos de
Vacaiqua, y los otros cinco confirmaron y dieron igualmente sus botos a los
susodichos; y el que depone y dicho Bengoechea, como Electores de Urdiain,
nombraron a Lucas de Goicoechea y Ciordia, a Fausto de Goicoechea y a Miguel de
Zubiría, y los dos Electores de Iturmendi, a dichos Lucas, y Fausto de
Goicoechea, y a Juan Ochoa de Errarte, vecinos todos de Vacaiqua, pero viendo
que la elección y proposición de los seis havía de prevalecer, y que no se
allavan en la Xunta los citados Sastre y Alvéitar, les dijo el expresado
Francisco de Galarza, escribano, mirasen lo que hacían, pues sobre ser
disparate grande, no havía oído ni entendido semejante elección, ni nombrar a
persona que no asistiese a la Xunta, y que dicho Juachín de Galarza, su
hermano, tampoco podía ser, por ocupar todavía el empleado de Diputado, y sin
embargo de estas razones le respondió dicho Puzueta que no nombrarían a otros
en manera alguna, por tener orden expecífica para elegir a los tres propuestos,
quienes havían de ser precisamente; y con esta resolución dicho Fernando de
Alvizu asentó los nombres de los citados Juachín de Galarza, Alvéitar y Sastre
y a una con dicho Alcalde se fueron a donde estava la Xunta, y en ella se dio a
entender que los susodichos heran nombrados para el empleo de Alcalde,
Theniente y Diputado General; y muchos vecinos se inquietaron de esta elección
y de ver también alterada la costumbre inconcusa de nombrar a personas que no
intervenían en la Xunta, porque Diego López de Goicoechea, Elector de
Iturmendi, manifestó lo que dicho Juan de Puzueta dijo que tenían orden de no
nombrar a otros en Vacaiqua, confirmando con esto lo que dio a entender dicho
Alcalde, y repetió lo mesmo posteriormente a dicho lugar de Urdiain al tiempo
del sorteo de sus Electores dici.... COMPLETO EN PDF
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