Miguel Esteban Galarza, arriero, contra la villa de
Cintruénigo sobre derecho de venta al por mayor de azúcar y cacao; y de la
villa de Cintruénigo contra el Fiscal sobre confirmación de Ordenanzas de Mudalafes:
es decir, que la villa no impida vender al de Urdiain sin acudir antes al peso
real y vender con libertad.
La protesta
de Miguel Esteban Galarza empieza en julio del año 1804, y les dice a los de
Cintruénigo que ningún lugar del Reino podrán citar donde se haga lo que a él
le piden. Algunas veces ha
vendido a los particulares “por tareas o medias
tareas”, para que elaboren el chocolate en sus casas. La cantidad que se
trabaja en un día desde el cacao puro, es lo que entienden por tarea, y podrían
ser unas 18 libras (unos 6½ kgs.)
Galarza se
queja y denuncia que después de tantos años, que lleva vendiendo en la villa
del Alhama, al igual que en muchos otros lugares, ahora, en julio de 1804, le
exigen que “vaia al peso y venda en qualquiera cantidad, que se le pida por los
compradores, aunque sea por libras y también se le quiere exigir, y
efectivamente exige por los Mudalafes una libra por cada carga, y lo mismo
quando solo lleva un fardo; lo que es gravamen intolerable y depresivo de la
Libertad del Comercio, pues a nadie puede precisársele a que venda en otro modo
que el que se acomode especialmente en estos géneros, que no son de primera
necesidad, y cuia venta por la menuda solo puede hacerse con alguna comodidad
por el que está fixo en su casa.”
Pide el arriero de Urdiain libertad comercial y que los
Mudalafes sigan la costumbre y que no le quiten o sisen nada.
Los de
Cintruénigo le querían obligar a pasar por el peso, la báscula municipal, y a
que durante unas 3 ó 4 horas vendiera el azúcar y el cacao a todo el que
acudiera y en la cantidad que le pidiesen, “por mayor y menor, esto es de nueve
libras en riba”. (folio 9v)
Ante la
queja piden desde Pamplona que remitan a los Tribunales las tarifas y las
Ordenanzas, que tratan de hacer cumplir, y al revisarlas las dejan sin aprobar.
“En este
negocio de Miguel Estevan Galarza, Beunza su Procurador, de la una, la villa
de Cintruénigo, Apezteguía, su Procurador y el nuestro Fiscal, a quien se han
comunicado los autos:
Para
mejor proveer se manda que la villa de Cintruénigo informe qué estima llevan
los Mudalafes y de qué géneros, remitiendo al mismo tiempo las Ordenanzas que
tengan para su gobierno sin hacer novedad en quanto a la estima de cacao y
azúcar, y evacuado todo vuelva el expediente a nuestro Fiscal:
Así se
declara y manda. Está rubricada por los Señores Regente y Udi del Consejo.
En
Pamplona en Consejo en la audiencia a diez y seis de enero de mil ochocientos
cinco el Consejo pronunció y declaró esta declaración según su contexto en
presencia del Substituto del Señor Fiscal, y Procuradores de esta causa y de
su pronunciación mandó hacer auto a mi. Se dé el despacho para el efecto,
presente el Señor Udi del Consejo. Faustino Ibáñez, secretario. Por traslado,
Faustino Ibáñez, secretario.”
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