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domingo, 31 de agosto de 2014

Iturmendi- Arróniz: 1733: asesinato del arriero Esteban Aguirre

Proceso contra Pablo de Casanova, alias Lobón, preso sobre agresión a un vecino de Iturmendi, Esteban Aguirre, con resultado de muerte.
            El 27 de marzo de 1733 se refugia en la ermita de Nuestra Señora de los Remedios de Mendía, de Arróniz, Pablo Casanova, mesonero de 29 años y habitante en Arróniz, con su mujer Josefa del Puy, para acogerse al derecho de la “inmunidad de lugar sagrado”. El matrimonio tenía dos niñas, la mayor de 4 años, y un niño.
            El domingo 22 de febrero de 1733 el arriero Esteban Aguirre, casado en Iturmendi con Francisca Goicoechea, llega con un macho y se hospeda en casa de Lobón; mientras duerme, de tres golpes de “hazadón”, lo mata Pablo Casanova, con el propósito de quedarse con todo.

            Se plantean dos cuestiones: la captura del mesonero, sacado de lugar sagrado a la fuerza, y la acción de la Justicia acerca del asesinato.
            El 8 de abril del mismo año el Fiscal General del Obispado de Pamplona acusa al Juez del Crimen de Arróniz, Francisco Roldán (puesto por el Condestable, Conde de Lerín, Duque de Alba) de haber violado la inmunidad eclesiástica por haber hecho preso a Pablo Casanova dentro de la ermita Nuestra Señora de los Remedios de Mendía, y pide “que sin dilación le restituyan al referido lugar sagrado de donde fue estraído o al que el preso eligiese, sin causar molestia, vejación ni diminución alguna en su persona ni bienes.” (f. 3v)
            El Licenciado Don Antonio Pelegrín Benero, Provisor y Vicario General del Obispado de Pamplona, manda recibir información sobre si fue cogido en lugar sagrado. De modo que el 10 de abril se presenta en Arróniz el notario y receptor Blas Martirena, y toma declaración a los testigos, que intervinieron en la captura de Pablo Casanova:
1.º José de Arróniz, natural y vecino del mismo lugar, herrero de 40 años, dice “que el día martes santo, contados 31 del mes de marzo, Francisco Roldán, Juez del Crimen de esta dicha villa, le hizo yr en su compañía a la hermita de Nuestra Señora de Mendía, sita en los términos de ella, en la qual se allava refugiado Pablo de Casanova, a quien le conoce, y allándose dicho Casanova en las gradas de la casa donde avita el hermitaño de dicha hermita, le dijo a éste el dicho Juez que se pusiese los grillos en dichas gradas, que se hallan dentro del lugar sagrado, lo que repugnó por decir no se allaba presente el viario de esta dicha villa y inmediatamente le travó dicho Juez de la mano derecha al referido Casanova y le sacó de referido sagrado a la segunda o tercera grada, que ya no es lugar sagrado y estando en dicha grada el menzionado Juez mandó a Thomás Martínez, carcelero, para que le pusiese y remachase los grillos, como con efecto se hizo así y luego le pusieron a caballo y lo llevaron a la cárcel pública de esta villa, en la qual le pusieron en el cepo con grillos.” (f. 4v-5)

            2.º “Gregorio Pascual, hermitaño de la hermita de Nuestra Señora de los Remedios de Mendía”, de 80 años, dice “que la tarde de el día martes santo último pasado de este presente año, allándose refugiado Pablo Casanova en dicha hermita llegó a ella Francisco Roldán, Juez del Crimen de esta dicha villa, quien después de averle hecho salir del lugar sagrado y recibídole su confesión por aver salido voluntariamente dicho Casanova le volvió a éste a el lugar sagrado diciendo ya e cumplido con lo que me dijo el señor vicario y allándose dicho Casanova cerca de la puerta de la avitación de el testigo, que es lugar sagrado oyó decir a dicho Juez las palabras siguientes: Yo te saco de sagrado y si después mandase el superior que te buelva, lo ejecutaré; y el que depone vio como dicho Juez le tenía agarrado a dicho Casanova de la capa o brazo en la segunda o tercera grada, que ya no hera sagrado en cuio puesto le hecharon los grillos y le pusieron a caballo, para llevarlo a la cárcel pública.” (f. 5v).. SIGUE COMPLETO EN PDF

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