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domingo, 31 de agosto de 2014

Iturmendi: 1526: los Iturmendi en Morentin y Tierra Estella



Iturmendi: 1526 - 1546
            En julio del año 1526, en las calles de Estella, después de unas palabras de enojo entre Juan de Albear, difunto, y Juan de Iturmendi y Martín de Iturmendi, hermanos carnales (hijos de Martín de Iturmendi y Juana de Garro), se encontraron “en el Puent de la Riba de la dicha ciudat, que pasan de la Carrera Luengua a la Rua, y así topados tres por tres se alló erido el dicho Johan de Albear de una cuchillada”, de la cual murió.
            En resumen: “Que sobre palabras de enojo, que obieron y pasaron entre los dichos Joan de Iturmendi y Martín de Iturmendi, y Joan de Albear, hijo legítimo de Sancho de Albear y de Joana de Ruedas, vecinos de la dicha ciudad de Estella, defuncto, se toparon en la Puente de Arriba de la dicha ciudad tres por tres y echaron mano por sus espadas y se tiraron muchos golpes y cuchilladas los unos contra los otros, y el dicho Joan de Albear fue herido de una cuchillada de la qual después de pasados
algunos días murió y acabó sus días naturales, y que por ruego de algunas personas deudos de los sobredichos, el dicho Sancho de Albear, padre del dicho Joan de Albear, defuncto, ante que muriese les perdonó la muerte del dicho su hijo, y después de él muerto la dicha Joana de Ruedas, como madre y el Bachiller García de Albear y Pedro de Albear e María de Albear, muger legítima de Joan de Sangüesa, notario, vecinos de la dicha ciudad de Estella, hermanos carnales del dicho Joan de Albear, defuncto, y el dicho Joan de Sangüesa como tutor y curador de las personas y bienes de Sancho de Albear defuncto y de Tristant de Albear y de Jorge de Albear, menores hijos legítimos de los dichos Sancho de Albear y Juana de Ruedas”.
Llegaron a un acuerdo: los Iturmendi pagarían los gastos hechos de cirujanos y de medicinas, además de las honras fúnebres, añadiendo una cantidad de socorro a la familia del muerto, redactándose un acta de perdón, el pacto se firmó el 5 de noviembre de 1530.
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“Miguel de Tafalla y otros, vecinos de Estella, contra Martín Iturmendi y otros sobre libello difamatorio.”
Entre Jaime de Iturmendi, Martín de Iturmendi, Miguel de Baquedano, escribano, Jorge Ximénez, Remiro Ximénez de Oco, escribieron un libelo de coplas infamatorias y distribuyeron copias por Estella y por los pueblos cercanos; se cantaban dichas coplas por unos y por otros, tratando a algunos de Estella de “marranos judíos” y de otras notas indecentes.
Así es que en la acusación dicen que este Martín Iturmendi mató a Juan de Albear, que en Zaragoza mató a otro, a un tal Castillo, mayordomo del Gobernador de Aragón, y que además amenazó a Martín Périz de Los Arcos, gritando en la puerta de su casa: “Donde está ese bellaco judío de Martín Périz de Los Arcos”; y otro día “tomó a Catelina de Montemayor, muger del dicho Pedro Périz de Los Arcos, por el suelo y la cargó de coces y la abofeteó llamándola perra judía”, y otras palabras de injuria.
Acusan de que Juan de Iturmendi coceó delante del altar mayor de la iglesia de San Miguel a una mujer, que estaba de rodillas; y de que también Jaime de Iturmendi acuchilló por detrás a Lope de Andueza.
Se hace constar que los acusados tienen abundante fortuna.
El 28 de septiembre de 1546 se dicta esta sentencia:
“Condenamos al dicho Martín de Iturmendi en 50 ducados viejos... y en un año de destierro de la nuestra ciudad y Merindad de Estella... y a los dichos Jaime de Iturmendi, Remiro de Ocho y Miguel de Baquedano y Jorge acusados en 300 libras, es a saber: al dicho Jayme de 100 libras y a los otros en las 200... y en las costas desta causa; es a saber al dicho Martín de Iturmendi en la mitad de ellas y a los otros dichos acusados en la otra mitad.”
Los hermanos Iturmendi, antes de la sentencia, llevaban detenidos en una casa 2 meses y aun estuvieron de igual modo otro mes; así es que el martes 5 de octubre de 1546 les autorizan a salir de ella para “ganar el jubileo asta el lunes.”
Ambas partes protestan de la sentencia dictada. Los hermanos Iturmendi y sus amigos niegan ser los autores de las coplas, que se cantaban por todas partes, y niegan que los nombres, en ellas citados, se refieran a los que se quejan; y dicen que tal vez las coplas las trajera de Valencia precisamente uno de los querellantes; se tiene por el autor de las coplas a “Bernaldino de Baquedano”; lo cierto fue que hicieron muchas copias, y que “aun las quisieron imprimir.”
El 6 de noviembre de 1546 por nueva sentencia se confirma la anterior, añadiendo que el Alcalde de hijosdalgo de Estella, “Remiro de Oco y Miguel de Baquedano y Jayme de Iturmendi”, son desterrados por un año de la Merindad de Estella, y de la ciudad de Pamplona; Martín de Iturmendi se lleva 3 años de destierro de todo el Reino de Navarra y le rebajan los 50 ducados a 25 con costas.
Están las firmas de “Martín de Iturmendi, mercader” y de Miguel de Baquedano, pero no aparecen las coplas en los documentos del pleito. (AGN Procesos Pendiente, Pedro Ollacarizqueta, 1.ª Serie, año 1547 n.º 750)
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Iturmendi: 1535
Los hermanos Iturmendi de Dicastillo y Morentin litigan sobre hidalguía y nobleza, como “descendientes de la casa y Palacio del lugar de Iturmendi”, de donde procedía su abuelo, y porque necesitan su acreditación sobre todo si salen del Reino de Navarra, según lo afirman el 8 de mayo de 1535. El apellido había ya pasado de Iturmendi hacia 1450 a Tierra Estella.
            El 13 de agosto declaran algunos testigos, y entre ellos:
            “Don Fray Juan López de Heulate, Prior de San Juan de Jerusalén de Navarra... de 70 años”, dice que conoció a Miguel Iturmendi y a su mujer, María de Echauz, pues con frecuencia comía en su casa de Morentin: “Este testigo tenía mucha conversación , porque un hijo suyo llamado Don Juan sollía tener la Encomienda de Aberin por este que depone”, y conocía a los otros hijos del matrimonio; también trató con “Miguel de Iturmendi, y María de Morentin, su mujer, aguelos de los demandantes, la quoal fue nodriça de este que depone, a los quoales conosció y bio bibir en su casa, en la ciudad de Estella, que fueron a vivir a ella del lugar de Morentin.”
            Sentencia de la Real Corte del 24 de septiembre de 1535:
            “Visto el proceso de la dicha causa e leydo aquel ante nos y los Alcaldes de nuestra Corte Mayor e oydoles a las dichas partes en todo lo que han querido dezir, e alegar e sobre ello habido consejo y deliberación, atento lo que resulta del dicho proceso nos, Emperador, Reyna y Rey sobredichos, a relación de los Alcaldes de nuestra Corte Mayor por esta nuestra presente sentencia difinitiva, declaramos los dichos Martín, Miguel, Hernando y Pedro suplicantes y sus padres y aguelo haber estado y estar en posesión de hombres hijosdalgo, y mandamos entretener y defender en la dicha posesión de hijosdalgo, gozando y aprobechando de todas las libertades, inmunidades y exenciones, que los otros hijosdalgo gozan y aprovechan, y quanto las costas declaramos que cada una de las partes sufran las suyas, y las comunes paguen a medias.
El Doctor de Ulçurrun. El Licenciado Ollacarizqueta. El Licenciado Ortiz. El licenciado Hederra.
            Año mil quinientos y trenta y cinco a XXIIII de setiembre en Pamplona en Corte en juyzio leyda esta petición, siendo presentes los Procuradores de las partes por los honorables Alcalde fue declarada la presente sentencia, así según y de la manera que por ella se contiene y el Fiscal dixo que la oya y lo sobredicho fue mandado reportar presentes Ul., Ollacarizqueta, Liedena, Alcaldes.” Este proceso se consultó el 2 de junio de 1773. (AGN Procesos Sentenciados, M. Arbizu, fajo 2.º 1535 n.º 6)
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Iturmendi: 1539
Proceso de Lope Idiazabal, mercader, contra Jaime Iturmendi, vecinos de Estella, sobre preferencias en la iglesia de San Miguel de Estella, sobre un asiento. Jaime de Iturmendi estaba casado con Catalina Uarte.
            La disputa empieza en enero de 1539; un domingo estando todo el barrio oyendo misa, estaba Lope Idiazabal “genollado ante el altar mayor en la grada, que está junto al altar mayor, cabe un escaño”, y por detrás llegó Jaime Iturmendi y de dos empujones lo tiró al suelo, habiéndole dicho antes que se le quitase de delante, a lo que Lope había contestado que se pusiese más abajo.
            Declaran estos entre otros testigos:
“Martín de Samaniego, Algoazil de la Inquisición, vezino de la ciudad de Estella, de hedad de 55 años, (vio que aquel día)... entraba en la dicha iglesia Jaime de Iturmendia con Joan de Baquedano por la Puerta del Cimiterio de la dicha iglesia” y mientras hacían la procesión Jaime de Iturmendi se sentó en el asiento, en el que tenía costumbre de sentarse Lope Idiazabal. Lope se puso de rodillas ante el asiento y Jaime le dijo: “Quitaosme de ay de delante; y el dicho demandante le dixo al dicho Jaime de Iturmendi, acusado, y diziéndole esas palabras, que no quería, que aquel hera su lugar y luego vio que el dicho Lope de Idiaçabal, demandante, cayó en tierra azia delante.”
Gaspar Baigorri, notario, vecino de Estella, de 60 años.
Don Juan de Bidaurre, clérigo, vecino de Estella, de 28 años.
“Johan de Baquedano, ciudadano de la dicha ciudat de hedad de 40 años”, dice que entró en la iglesia acompañando a Jaime.
            Jaime de Iturmendia: “Hombre hijodalgo de padre e aguelo, descendientes de la Casa e Palacio del logar de Liçarraga Bengoa por la parte del padre e del Palacio de Echauz de la madre e aguela.” Las armas por parte paterna son: “Dos lobos y un árbol”.
            Más declaraciones se reciben el 20 de septiembre de 1539:
Gil Pérez de Arellano, vecino de Estella de 46 años dice que el padre y el abuelo de Jaime de Iturmendi se llamaban Martín: “le vio tener armas y caballo al aguelo del dicho Jaime...  y por tales hijosdalgo vio el deposante al tiempo que fenescieron los dichos padre y aguelo del defendiente pusieron en el tumbulo los escudos esculpidas las armas que tienen como hijosdalgo descendientes del Palacio de Liçarraga que heran dos lobos y un árbol por armas de parte de padre y de la parte de madre del Palacio de Echauz en un escudo ciertas armas, las quoales oy en día las tiene esculpidas en casa e así de contino los ha visto el deposante tratar en toda su memoria y el deposante los tiene y reputa por tales e así de contino a oydo dezir en la dicha ciudad de Estella y fuera de ella ser hijosdalgo de su origen y dependencia el dicho Jaime y sus antepasados y tal a seydo y es la voz y fama pública y común dezir en la dicha ciudad, e así bien el dicho Jayme tratarse como hombre pacifico en la dicha ciudad e de buena vida y fama y conversación y como tal sirviendo en el Regimiento por Jurería de la dicha ciudad y que más no sabe del dicho artículo. Preguntado del segundo artículo dixo que de lo contenido sabe y tiene noticia cierta y ocular de la iglesia parrochial de Sant Miguel y de los escaños y asientos en el artículo nombrados e que sabe y a visto que los vezinos parrochianos de la dicha iglesia se suelen y acostumbran de sentarse en los dichos escaños y asientos al tiempo de la misa y divinos oficios e que sabe a visto que en la dicha iglesia no tiene asiento conocido ni señalado, y que nunca el deposante oyó que al vezino de la dicha parroquia tubiese lugar señalado ni conoscido y de contino las vezes que el deposante se a allado en la dicha iglesia de contino a visto sentar a los parrochianos de la dicha iglesia uno en pues otro al rende donde alla lugar.”
            Juan de Oco, vecino de Estella de 80 años, sirvió 10 años de criado a Martín Iturmendi, abuelo, y con él fue al Palacio de Lizarraga Bengoa: “La aguela del dicho defendiente hera hija del Palacio de Echauz.”
            Domingo Osés, sacristán de la iglesia de San Miguel, de 22 años declara que Jaime Iturmendi es muy querido en Estella, y que es descendiente “de las Casas y Palacio de Echauz, que es en el lugar de Baigorri, en Tierra de Bascos, y del Palacio de Liçarraga Benguoa, que es en el Reino de Navarra.”
            A pesar de todas las pruebas y testimonios favorables, la sentencia sale contraria a los intereses de Jaime Iturmendi el 31 de mayo de 1541. Se asegura “al dicho Lope de Idiaçabal, demandante, en la posesión de preferir en el asiento de asentarse en la iglesia parrochial de Sant Miguel de la ciudad de Estella al tiempo que se dicen y se celebren los divinos oficios ante e primero que el dicho Jayme de Iturmendi, defendiente, en un escaño, que está dentro en la capilla mayor de la dicha iglesia de Sant Miguel en la dicha capilla azia mano derecha junto a Gaspar Remírez de Baquedano”; además le multan con 100 libras carlines y costas.
            Aunque protestó de semejante resolución, sin embargo fue confirmada definitivamente el 25 de enero de 1542. (AGN Procesos Sentenciados, Pedro Ollacarizqueta, 1.ª Serie, 1542 n.º 9.189)
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Iturmendi: 1595
Proceso de Sebastián de Luquin, vecino de Morentin, contra Juan Martín y Miguel de Iturmendi, y el lugar de Morentin, sobre preferencia en la iglesia; ya sus abuelos vivían en dicho pueblo.
            El domingo 6 de agosto de 1595 empezó el enfrentamiento; el primer asiento delantero de la parte del Evangelio solía ocuparlo Diego Palacios, y a su muerte lo ocupaba Sebastián de Luquin; ese domingo salieron a la procesión de Nuestra Señora del Rosario y a la vuelta se encontró con que en el asiento estaba Juan de Iturmendi, tabernero de 42 años; cuando la costumbre del pueblo era ocupar los asientos por edad entre los hijosdalgo; y así se organizó un alboroto litúrgico entre ellos.
            Diego Palacios había muerte hacía dos meses. Miguel Iturmendi era hermano de Juan, y como Jurado del pueblo, intervino en la discusión y dijo que se sentaba él hasta que se aclarase el lío y así continuó la misa.
            El 26 de agosto de ese 1595 Juan Iturmendi se encuentra preso en las Cárceles Reales de Pamplona; también estuvieron presos Martín y Miguel ocho días, dándoles libertad con fianzas.

            Respecto al apellido “Palacios”, va también en singular, así:... SIHUE COMPLETO EN PDF 5 P

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