Alsasua: 1702:
inventario para disfrutar del usufructo: gastos de entierro.
“Inventario recibido de pedimiento de Matheo de Zanguitu,
vecino del lugar de Alsasua, de los bienes que quedaron por muerte de Antonia
de Celaya, su mujer”.
“Matheo de Zanguitu, vecino del
lugar de Alsasua, dize que en veinte y seis de marzo próximo pasado del
presente año, murió Antonia de Zelaya su muger, y su cuerpo fue enterrado en la
iglesia parrochial del dicho lugar, dejando una ija del matrimonio, de cinco
meses de tiempo poco más o menos, y conbiene al derecho del suplicante se
reciba inbentario de los vienes, que dejó la dicha Antonia de Zelaya para gozar
del usufruto conforme al Fuero y Leyes de este Reyno, mientras guarda viudedad,
sin embargo que por el testamento que otorgó ante Diego de Arza, escribano
real, dejó por sus herederos al suplicante y a la dicha su hija llamada María
de Zanguitu:
Suplico a Vmd. se reciba el dicho inbentario con su
asistencia y por presencia del escribano del juzgado para los efectos que hubiere
lugar en derecho, y adjudicarle el usufruto foral de todos los bienes de la
dicha Antonia Zelaya, su muger, para que los pueda gozar mientras guarde
viudedad y dando fiador y pide justicia: Matheo de Zanguitu.”
“En el lugar de Alsasua a veinte
de abril del año mil setezientos y dos Matheo de Zanguitu, vezino del dicho
lugar, presentó la petición antezedente ante el Señor Joseph de Goicoechea y
Echeberría, Alcalde y Juez hordinario de este Valle de Burunda, por Su
Magestad, y leyda su merced mandó que se reciba el inbentario, que refiere
aquella con su asistencia y por presencia del escribano infrascrito así por
juramento del dicho Matheo de Zanguitu, suplicante, como por información de
testigos si los hubiere y conviniere para los efectos que ubiere lugar en
derecho y con vista del inbentario que diere y fiador, proberá de Justicia y
dello mandó hazer auto a mi y firmó su merced e yo el escribano en fee dello.
Joseph de Goicoechea y Echeberría
Ante mi Pedro de Arza, escribano.”
“En el
lugar de Alsasua a veinte de abril del año mil setecientos y dos, ante el Señor
Joseph de Goicoechea y Echeberría, Alcalde y Juez hordinario desta Valle de
Burunda, y de mi el escribano infrascripto y testigos, pareció presente Matheo
de Zanguitu, vezino del dicho lugar de Alsasua, y dijo que en veinte y seis de
marzo próximo pasado murió Antonia de Zelaya, su muger, dejando por sus
herederos al otorgante y a María de Zanguitu, su hija, como consta por el
testamento, que otorgó ante Diego de Arza, escribano real del dicho lugar, en
veinte y cinco del dicho mes de marzo y año y para gozar del usufruto de sus
vienes así muebles como rayces conforme al Fuero y Leyes de este Reyno,
mientras guardare viudedad, le conbiene el recebir inbentario de todos los
vienes, que quedaron por fin y muerte de la dicha Antonia de Zelaya, su muger,
y para ello el dicho Señor Alcalde recebió juramento al dicho Matheo de
Zanguitu en forma debida de derecho para que mediante aquel aga el inventario
que ofrece bien y sin ocultar cosa alguna así de los bienes muebles como de los
rayces, el qual absolbiendo el dicho juramento ofreció de hacerlo así y en caso
dejare alguna cosa sin poner en este inventario por no acordarse, ará
inbentario de lo que así se acordare, el qual dicho inbentario hizo en la manera
siguiente...:
Bienes rayces
Primeramente dio y declaró que por tener pleyto pendente en la Real
Corte sobre los bienes rayces como son porciones de casas, huertas, solares y
heredades de pan traer y COMPLETO EN PDF
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