“Proceso del alcalde, jurados, vezinos y conzejo de la valle de Ergoyena, contra Pedro Lazcano y Pedro de Lizarza y el alcalde y demás vezinos del lugar de Arbizu y los del lugar de Lizarragabengoa, sobre que éstos le paguen a razón de 8 ducados por cada uno de los puercos carnereados y muertos en la endrecera llamada Carrainmizola y por el daño de los demás 100 ducados y sean castigados en graves penas por razón de dicho prendamiento”.
El día de San Miguel, 29 de
septiembre de 1589, siguiendo la costumbre hubo junta de la Comunidad de
Arañaz, acordando el aprovechamiento del pasto para el porcino; no acudieron
los 4 caseros de Lizarragabengoa y no estuvieron de acuerdo los de Arbizu, pero
sí todos los demás pueblos; el acta la levantó el escribano Juan de Beaumont.
Otro escribano de Echarri era Miguel Pérez de Berastegui (de 61 años) y de Lacunza
Juan de Biguria, de 36 años; también asistió el merino Luis de Arbizu.
El 17 de noviembre de 1589 Ergoyena protesta contra los
de Arbizu y “Liçarragabengoa”; habían acordado en junta echar los cerdos al monte y el día 10 de noviembre “los alcaldes y jurados y otros vecinos del dicho lugar de Arbiçu de común acuerdo y a caso acordado y armados con diversas armas y disfraçados y cubiertos los rostros fueron a la endrecera llamada Carraymçela(1) y maltrataron a los porcariços y contra su voluntad les llevaron e hicieron llevar todos los puercos que hallaron al dicho lugar de Arbiçu”; en las dos noches siguientes repitieron lo mismo y mataron algún cerdo los de “Liçarraga Sarria”, que se encuentra a dos tiros de arcabuz de Arbizu o Lizarragabengoa, que así lo distinguen de “Liçarragagoyena”. (Folios 25v y 26)(1)
Aparece con distintas grafías: “Carrainicola” (f. 3v) y “Carramiçola” (f. 7)
Total que se comieron 5 cerdos: un
día 2, otro día otros 2 y uno los de Lizarragabengoa.
Martín Jáuregui, vecino de Torrano
de 32 años, declara que los de Arbizu fueron a por cerdos de noche y de la
segunda ocasión dice que trataba de “otros diez compañeros con sus lançones y
cubiertos los rostros con las capillas de los capotes, que llevaban puestos y
dellos solo conoció a dos, que eran Domingo Amaseme, el costiero y al hierno de
Miquela Dendariarena de Arbiçu, todos los quales ablaban como a manera de
disfrazados, que no querían que les conociesen en su abla y de esta manera se
llevaron de la porcada, que este testigo guardaba, veinte puercos... amenazando
a este testigo que si no hazía lugar le quemarían el rostro con las çuçias, con
que se alumbraban”.
“Domingo de Arbiçu, hijo del merino
cuyo es la casa y el palacio de Arbiçu”, de 22 años contesta a la séptima
pregunta del cuestionario, referida a los cerdos, que los de Arbizu se habían
llevado: “Ítem que abiéndose impetrado en nombre del suplicante (el Valle de
Ergoyena) un sacapeño de vuestra Corte y abiendo ido a notificar a los dichos
de Arbiçu el dicho Juan de Beaumonte para que cumpliesen entregar los dichos
puercos sin causa ni ocasión que justa fuese prendaron al dicho escribano y
después acá le tienen preso sin tener jurisdición ni poder para hacerlo”; no
estaba presente él, Domingo Arbizu, cuando lo apresaron, “sino solo que luego
fue preso de allí a poco rato fue este testigo a casa de Pedro Lazcano, jurado
de Arbiçu, donde estaba preso el dicho escribano y preguntó este testigo al
alcalde, Juan de Lacunza y Pedro de Liçarça y al dicho Pedro Lazcano, jurados,
que por qué causa abían prendido al dicho escribano y el dicho alcalde y
jurados a una voz le respondieron que el dicho escribano abía ydo notificarles
una provisión de Corte en razón de los puercos, que ellos tenían prendados y
carnereados de los lugares de Torrano y Liçarragagoyena y que después que les
abía notificado la dicha provisión, le abían pedido traslado de la dicha
provisión y les había respondido con todo comedimiento que el abía de ir
también a notificar la dicha provisión a los de Liçarragabengoa, quienes
también abían hecho cierto prendamiento y carneramiento y que luego sería de
vuelta y les daría el traslado, que pedían y que porque no les había dado el
dicho traslado luego, que ellos lo pidieron, que por ello lo abían prendido y
lo tenían preso y que así vio este testigo que lo tuvieron preso por tres días
y después lo llevaron a Pamplona, dizen que lo entregaron en las cárceles
reales y que por cubrir la poca razón, con que lo prendieron, que el dicho
alcalde y jurados de su propia autoridad sin tener comisión para ello le
hicieron información al dicho escribano de cosas pasadas para acumularles
delitos”.
Los de Arbizu querían que por la
noche se encerrase el ganado fuera del pueblo; es decir, que pastara solo
durante el día, no de noche.
Juanes de Arbizu, “hierno de Miquela
Dendari”, de 25 año dice que unos días después del 29 de septiembre estuvo de
noche en un apresamiento de cerdos con otros de Arbizu y a la vuelto los
encerraron en casa de Domingo Amasema y mataron uno de los grandes esa misma
noche, “y solo comieron del los menudos y cree que lo demás está en sal”;
llevaban “palos y algunos lançones... y los rostros descubiertos, que aquella
noche hacía escuro y se alumbraban con unas çuçias”.
El 1 de diciembre de 1589 declaran
testigos presentados por Arbizu y entre ellos el “bachiller Juan López de
Albiçu, estudiante, residente en el lugar de Arbiçu”, de 23 años; a su juicio,
dice, que el aprovechamiento era “solo de día y no de noche, que es desde la
campana de la oración de la alba, asta la campana de la oración de la tarde,
acubillando cada pueblo de la dicha valle sus puercos de noche fuera de los
dichos montes”.
En todo caso había habido dos juntas
y desde luego en la 2ª se ajustó que se podía pastar de noche y de día y los
prendamientos se hicieron después del segundo acuerdo; el número de cerdos
acordado fue de 500, repartidos por pueblos, y pastarían desde el día de San
Miguel hasta el día de San Andrés.
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