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- 1415 1464 Echarren despoblado de Abizu Oyanederra Montehermoso
- 1464 Venta hecha el 19 de diciembre del año 1464 por Juan Sanchiz de Aguinaga y sus dos hermanos de las ruinas del desolado de Abizu, una pieza y un huerto, que fueron de María Ferrándiz de Oyanederra, su tía, en 90 libras de carlines prietos.
- 1549 “Martín de Echarren, ferrero contra el casero de Oyanederra”
- 1677 “De D. Pedro Larrea, vecino de Adiós y forano de Eguiarreta contra Antonio Eraso, alcalde perpetuo del Valle de Araquil y el lugar de Echarren, criminal acusados de haberle hecho un carneramiento en el término del lugar desolado de Abizu, en que tiene derecho de goce el quejante como vecino forano”.
- 1692 El 6 de julio del año 1692 el concejo de Echarren vende una pieza en “Abizu de doze robadas, poco más o menos”, por las necesidades que tienen, a Miguel de Garriz, vecino del mismo, “por la suma y cantidad de veinte y quatro ducados... afrontada con liecos concejiles, rodeada de cequias y cerca de la tejería(1) del dicho lugar”. (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Villanueva, Pedro Ciriza, legajo 49 n.º 17)
- 1747 Marqués de Montehermoso (Oyanederra de Abizu)
- 1799 “8 De abril 1799. Oficio del Señor Virrey inserta la Real Orden de la Cámara para que el Consejo informe sobre la Alcaydía y tenencia de la Fortaleza y Puerto de San Adrián, de que solicita título el Marqués de Montehermoso”.
1415 1464 Echarren despoblado de Abizu Oyanederra
Montehermoso
María Ferrándiz dona el 27 de
agosto de 1415 a Fernando de Sarasa, su sobrino hijo de Lope Gil de Sarasa,
hospitalero de Santa María de Pamplona y de Graciana de Beunza(?), el señorío
de Oyanederra con todos sus derechos y posesiones.
“Sepan
quantos esta presente carta berán y oyrán que yo donna María Ferrándiz, clamada
Oyan Ederra, viuda vezina y moradora en la villa de Arteta de Bal d´Ollo no
forçada ni falagada nin por alguna otra art engaynada ni a esto fazer enduzida
mas d
e mi cierto saber et ciencia beyendo et considerando el bueno et grant
deudo et natural parentesco que yo he con vos Ferrando de Sarasa, mi sobrino
fijo de don Lope Gil de Sarasa ospitalero de Santa María de Pamplona, e de
Graciana de Beunça (?) et parando mientes los muchos bonos et agradables
plazeres et servicios que bos el dicho Ferrandico de Sarasa mi sobrino fechos
me abedes ata qui et entendiendo et fiando que mejor et más afectuosament me
faredes en adelant en los tiempos venideros como buen sobrino deve et es tenido
fazer a su buena thía luego de present vos fago cesión et pura donación non
rebocable entre vivos por algún caso de ingratitut ni por otra causa ni razón
alguna por tiempo alguno de una villa o logar clamado Abiçu que yo he a mi me
pertenesce de aber, la quoal dicha villa o logar de Abiçu mi pertenescient e
pertenescer podient e devient es cerqua la villa de Echaberri de Val d´Araquil
et con la dicha villa o logar de Habiçu vos fago cesión, pura donación a vos el
dicho Ferrandico de Sarasa mi sobrino de todos qualesquiere otros derechos,
bienes, heredamientos a la dicha villa o logar de Abiçu pertenescintes o
pertenescer podientes e tenientes en qualquiere buena la manera et por
qualquiere título, manera, actión e razón así como de palacios, casas, casales,
huertos, hortales, heras, viñas, pieças, vezindades, pastos, yermos, agoas,
montes e con todos sus términos e con todos e qualesquier otros bienes,
heredamientos e drechos a la dicha villa o lugar de Abiçu e a los palacios del
dicho logar de Abiçu pertenescientes et pertenescer podientes et devientes
causa en ellos... et en ultro esto renunciamos generalment et especialment a
todo nuestro fuero, uso e costumbre eclesiástica e seglar e a nuestro juge e a
toda su defensión e aiuda, testigos son desto e de todo lo que sobredicho es,
qui clamados e rogados presentes fueron en el logar e qui por tales testigos se
otorgaron nombradamente don Sancho abat de Eça, vezino e morador en el logar de
Echarren e don Lope de Echarren, capellán en la yglesia de Santa María de
Pamplona, vezino e morador en la ciudad de Pamplona, facta carta de donación en
el dicho lugar de Echarren XXVII días de agosto año a nativitate Domini
millesimo CCCC.º décimo quinto, e yo Per Jacueiz d´Ororvia, notario público
jurado por autoridat real en todo el regno de Nabarra que a las cosas
sobredichas e cada una dellas fuy present en el lugar a rogaria e requesta de
las dichas partes e con otorgamiento de los dichos testigos e de la nota por mi
recevida escribí esta presente carta de donación en pública forma con mi propia
mano et fize en ella este mi signo acostumbrado en testimonio de verdat”. (Es
copia de 1501 hecha por el secretario Irigoyen. AGN Comptos caja 115 n.º 36)
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