1724 Irurzun Echeberri Eraso toponimia
1719 Cargo de regidor
“Prozeso del Señor Fiscal y
el lugar de Irurzun contra Don Francisco Ignacio de Eraso, dueño del Palacio de
Echeberri y Don Luis Francisco de Eraso, su hijo, sobre pretender ambas partes
el que con independencia de una a otra, se les mantenga en la posesión de poder
pescar en una porción del Río Ajita, que se llama La Parada, y manutenidose a
dicho Don Francisco Ignacio en la que él y sus authores havían estado de pescar
pribatibamente, dicho lugar de Irurzun puso pedimento de propiedad y quedó
pendente... año 1732”.
El 26 de
septiemb
re del año 1724 Miguel de Larrasuaña, estudiante de Irurzun y los
hermanos Pedro y Martín José Echarri, de Izurdiaga, pescan con “una red
barredera o trasmallo” en el río Ajita, en paraje al que cree tener derecho
exclusivo Don Francisco Ignacio de Eraso y Echeberz, “cuyos son Ichurieta,
palacio y pechas del lugar de Echeberri... dicha pesquera tiene su principio
desde una cerradura de estacas y piedras y ramas a manera de presa (que) ai
dentro del mismo río y corre para arriba acia el molino, que llaman de Agita,
hasta llegar a unos membrales pequeños, que a la orilla del río se hallan hacia
la parte del dicho lugar de Echeberri”; por la parte de Irurzun termina en “una
tufa pequeña”.
Las
actuaciones empiezan al año siguiente, tomando declaración el Alcalde de
Araquil, que era Juan Astiz, de Irañeta, el 6 de septiembre de 1725. Quien les
había sorprendido pescando era Don Miguel Eugenio de Eraso y Echeberz, abad de
Echeberri, hermano de Don Francisco Ignacio de Eraso y Echeverz, Fray Don José
Antonio de Eraso y Echeverz (Capellán en la iglesia de San Juan de Malta) y de
Doña María Antonia de Eraso y Echeverz, hijos todos ellos de Don Luis de Eraso
y Echeverz y de Doña Francisca de Echeverz. Consultan los libros de Echeberri
de bautizados y casados y no aparece el matrimonio de Luis Eraso. Sí está
Francisco Ignacio Eraso nacido el 27 de diciembre de 1684.
El Alcalde
de Araquil, Juan Astiz, dictó sentencia el 31 de octubre de 1725 diciendo: “Se
condena a los dichos Miguel de Larrasuaña y Pedro de Echarri y al dicho Martín
José de Echarri, y en su nombre al dicho Juan Simón, su defensor (y padre) en
50 libras a cada uno aplicados conforme a la ley y se manda romper la red barredera
o trasmallo”, con costas.
Se trata de
un pozo, “bocal o pesquera”, que debe tenerse en cuenta por la influencia de
esta denominación en otros topónimos como “Asapocala”, del cercano Villanueva.
Ante esta
sentencia el Fiscal contesta que es injusta la multa y que Don Francisco
Ignacio de Eraso y Echeverz no tiene derecho especial a la pesca, que es común
de los dos pueblos. Por ello se manda el 9 de noviembre de 1726, por parte del
Consejo Real, suspender la ejecución de la sentencia.
La pesquera
distaba del molino de Ajita hacia abajo unos “800 pasos”, que dan como
equivalentes “a quatro tiros de escopeta”.
Resumiendo
el fondo de las declaraciones, los testigos aluden a pretensiones desde Don
Antonio de Eraso, su hijo Don Luis y su nieto Don Francisco Ignacio. Varios
testigos dicen que habían pescado allí, y que los sucesivos dueños del Palacio
de Echeberri les decían que no podían pescar, pero no hacían el menor caso, y
tampoco les podían sancionar; y añadían que los Eraso enseñasen sus títulos de
propiedad; cuando se exigieron dichas pruebas de propiedad, añaden que “Don
Antonio de Eraso... respondió no las tenían por habersen quemado a una con
dicho Palacio”, y esta contestación se había dado hacía unos 50 años.
Un testigo
declara que estaba pescando hace unos 14 años en La Parada y llegó Don Pedro
Eraso, hermano del que ahora protesta, acompañado de sus criados y “Don Pedro
le hizo cargo con qué licencia pescaba en dicha Parada y le respondió qué le
importaba, y sin preceder otra cosa le llevaron una red o albaieta que el
testigo tenía puesta en dicha Parada”; tuvo que pagar 5 pesos de multa, porque
tenía miedo de que lo apresaran, “respecto de que por sus cortos medios temió
le hiziesen preso y no se podía defender”.
Los tres
encausados manifiestan que pescaban fuera de la pesquera y que les denunciaron
medio año después del incidente y así y todo les condenó el Alcalde del Valle;
a Miguel Larrasuaña le pedían que se aviniese a firmar una escritura
reconociendo ser de los Eraso la pesquera; esto mismo había ido pidiendo a
otros en años anteriores y lo hacían para evitarse problemas mayores; ahora
todos reconocen que ese derecho privativo no existe.
Advierten
en declaraciones hechas el 26 de septiembre de 1726 que por culpa de la parada
para pescar salía el agua del cauce del río y perjudicaba a los campos de
cultivo.
Ante este
panorama los Tribunales reales mandan que deben dar fianzas el ex-alcalde Juan
Astiz de Irañeta y Francisco Ignacio Eraso, pues se les acusa de presionar a
gente sencilla y sin recursos, para abusar de su impotencia, de quitarles los
enseres de pesca, lo que tenían pescado y de sacarles los cuartos a base de
miedo. Tanto el Fiscal como Irurzun y Echeberri van contra ambos, ex-alcalde y
Eraso.
Francisco
Ignacio Eraso presenta 25 artículos a prueba para asegurar que la pesquera es
de los Eraso desde tiempo inmemorial, así como el molino; y delimitando dicha
pesquera asegura que en el “río llamado Agita, en el qual ai una porción de
río, que se llama La Parada, el qual está entre las porciones de río que llaman
Izcoa y Berjera... dicha parada... se dilata hacia el paraje dicho de Bergera
asta una tufa pequeña, que hacia la parte de Irurzun se descubre junto a la
margen del río, quando corren las aguas poco caudalosas y a la parte de
Echaberri asta sobre unos mimbres, que están a la orilla enfrente de dicha
tufa... (tiene) también canal formado para la pesca de anguilas con manga”;
dice que los de Irurzun acostumbran a pescar en el verano, cuando hay poca
agua, con remangas desde el término de Aiereta o de Ubitartea desde donde van
subiendo río arriba” y que cuando llegan a la pesquera, la respetan, van por
tierra y vuelven al río hasta el molino.
“La parada
está entre las porciones del que llaman por la parte de arriba Berjera y por la
parte abajo Izoa”. “La parada o pesquera contenciosa ha tenido y tiene en todo
su tiempo y memoria por principio por la parte de inferior que mira al puente
de ambos lugares... vendrá a ocupar dicho paraje contencioso en lo largo tres
eras de distancia”.
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