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- 1643 1648 Izurdiaga gastos con tropas
- 1643
- “Fenecimiento de quentas de los vezinos del lugar de Içurdiaga en razón de los gastos, que tubieron con los tránsitos de soldados, dragones y alojamientos. Copiada a Joanes de Gaztelu, vecino de Içurdiaga.”
- 1648
- “Rolde y memoria del gasto que los vecinos del lugar de Içurdiaga an echo con los hombres de armas y soldados de Su Magestad, es lo que se sigue:
1643
“Fenecimiento de quentas de los vezinos del lugar
de Içurdiaga en razón de los gastos, que tubieron con los tránsitos de
soldados, dragones y alojamientos. Copiada a Joanes de Gaztelu, vecino de
Içurdiaga.”
“En el
lugar de Içurdiaga a nuebe días del mes de hebrero del año mil y seiscientos
quarenta y tres, ante mi el escribano público y testigos infrascritos
parecieron presentes Joan de Iriarte, bastero, Jurado del dicho lugar, Joanes
de Armendáriz, Pedro de Aguinaga, Martín de Echalecu, Joanes de Gaztelu menor,
Joanes de Ayerra e Irurçun, Joanes de Andueça, Pedro de Olagüe, Pedro de
Ciriça, Joanes de Içurdiaga hijo de Miguelcho, Martín de Ilçarbe de la casa de
Andre Ederra, y Alonso de Armendáriz, vezinos del dicho lugar y de las tres
partes las dos y más, Concejo entero y los presentes haciendo y firmando por
los ausentes, por quienes prestaron cautión de hazerles loar lo contenido en
esta escritura y dixeron que en los años, que de tránsito pasa
ron los soldados del
dicho lugar a Fontarravía y de buelta a Catalunia y otras partes y también
muchos de a cavallo y dragones e con los que estubieron aloxados, gastaron con
ellos muchos intereses, qual más qual menos y aunque ban por memoria cada uno
tiene asentados lo que dio no an echo número ni quenta final de los precios de
los bastimentos y así para que aya claredad y se tome expediente el modo que an
de haver para pagar a cada uno lo que hubiere de haver, se asienta por estenso
lo seguiente:
Primeramente
dixo Juanes de Içurdiaga haver dado para los gastos sobredichos dos robos de
trigo y dos de abena.
Ítem Carlos
de Ciriça otros dos robos de trigo y dos de abena.
Ítem Alonso de Armendáriz dio
cántaro y medio de vino, tres robos de pan y robo y medio de abena.
Ítem Martín de Ilçarbe de la casa
de Andre Zederra, siendo al tiempo administrador de la dicha casa Pedro de
Echauri, dio en trigo cinco quartales y tres robos y medio de abena y siete
obexas.
Ítem Joanes de Gaztelu dio en
trigo rovo y medio, de abena ocho rovos, ocho obexas y media y dos carneros, y
en dinero cinco ducados y tres reales.
Ítem Joanes de Iriarte, Jurado,
dio en trigo tres quartales y quatro rovos y medio de abena.
Ítem Joanes de Echalecu y Martie
su suegro, dio en trigo cinco quartales y un rovo de abena.
Ítem Joanes de Larrainçar dio un
rovo de trigo, otro medio de abena y un cántaro de vino.
Ítem Joanes de Armendáriz de
Urruticoa dio en trigo un rovo y tres quartales, tres rovos de abena, tres
cántaros de vino, doze obexas y un carnero.
Ítem Joanes de Irurçun y Ayerra
dio para los dichos gastos un rovo de trigo.
Ítem Martín de Irayçoz, casero en
la casa de Urricena, dio un quartal de trigo y medio rovo de abena.
Ítem Joanes de Andueça del Fastor
dio cinco quartales de trigo y rovo y medio de abena.
Ítem Pedro de Aguinaga dio para
los dichos gastos un quartal de trigo y dos rovos y medio de abena
Ítem Bernart de Ciaurriz dio un
quartal de trigo.
Ítem Pedro de Suescun dio otro
quartal de trigo.
Ítem Pedro de Olagüe dio al
Concejo cinquenta rovos de abena y dos rovos de trigo y dos cántaros de vino.
Ítem más puso el dicho Olagüe por
el dicho lugar de Quarteres y Alcavalas quatro ducados y ocho reales, consta
por descargo que exivió y el Concejo lo admitió.
Suma el
trigo diez y nuebe rovos y tres quartales, hubo conbenio se pague en trigo.
De abena
ochenta robos y medio, se pague en abena, treynta robos y lo demás se pida al
Valle.
Obexas
beynte y siete y medio, se paguen a ocho reales.
Carneros
tres, se paguen a ducado y medio.
Vino, siete
cántaros y medio, se pague a tres reales el cántaro.
Dinero,
diez ducados, se pague así.
Por manera,
de conformidad de las dichas partes se fenescieron las quentas sobredichas y el
precio de las cosas se consentió en la manera que al margen de cada cosa está asentado,
solo en quanto a los cinquenta rovos de abena de Pedro de Olagüe fue hordenado
por las dichas partes, que las pida al Valle, por quanto en cavallos regalados
encomendados por el Señor Virrey de aquel tiempo, los tubo y los gastó con
ellos, que todos deven contribuir y en todo lo demás quedaron llanos y a cada
uno se le pagará su partida dentro de dos años de la fecha deste auto y para
ello consignaron las rentas del molino, hierbas y aguas, pazto, leña y a falta
dellos sus bienes muebles y rayzes havidos y por haver, y para que a ello sean
compelidos dieron todo su poder cumplido a todos los Juezes y Justicias de Su
Magestad, ante quien esta escritura se presentase y se pidiese su cumplimiento
para que por todo rigor de justicia y vía más executiba les compelan y apremien
a su obserbancia y cumplimiento como si fuese sentencia difinitiva y pasada en
cosa juzgada, a cuya jurisdicción se sometieron renunciando su propio fuero,
juez y la ley si conbenerit de iurisdictione omnium iudicum y así lo otorgaron
siendo presentes por testigos Joanes de Villanueba, residente en Içurdiaga y
Don Martín de Aoyz, vicario del dicho lugar y firmaron los que sabían con mi el
dicho escrivano, a quienes doy fee conozco. Balgan los sobrepuestos y
emendados, do se len menos, Joanes, ocho, ue, ue formidas, los; y no dañen los
borrados do se leyan quando pasaron lasti, seys y la demás lo pida al Valle:
fidad.
Don Martín de Aoyz
Pedro de Olagüe
Pasó ante my, Juan de Satrustegui, escribano”.
1648
“Rolde y memoria del gasto que los vecinos del
lugar de Içurdiaga an echo con los hombres de armas y soldados de Su Magestad,
es lo que se sigue:
Primeramente
Miguel de Içurdiaga confesó debajo del juramento que prestó de decir la verdad,
aver gastado dos robos de trigo y dos de cebada
Ítem Carlos de Ciriça dixo aver
gastado dos robos de trigo y dos de cebada.
Ítem Alonso de Armendáriz, así
bien dixo aver gastado cántaro y medio de vino, tres robos de pan y robo y
medio de cebada... SIGUE EN PDF
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