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miércoles, 5 de agosto de 2015

Cirauqui 1773 vino y pitanza

Zirauqui: 1773
Vino y pitanza
            “Digo yo Juan de Flores, vezino del lugar de Arbizu, que por éste me obligo a llevar de casa de Juan Martín de Echauri (y su bodega), vezino de esta villa de Zirauqui, quarenta cargas de vino a precio de dos reales y medio el cántaro, y medio cántaro de pitanza en carga, cuyo importe cumpliré para el último viage haciendo cada uno de seis a seis días, que se cumplirá para el día ocho de septiembre, poco más o menos, y que no teniendo novedad los vinos en este tiempo se entiende que he de tener dicha obligación. Y si pasare y se perdiere, será de mi quenta. Fecho en Zirauqui a siete de agosto de mil setezientos setenta y tres; fue testigo, que firmó por el otorgante, y por sí el infrascrito Maestro de Niños de esta villa. Jorge Antonio de Arana”.

            “Félix de Escudero, Procurador de Juan Martín de Echauri, vezino de la villa de Zirauqui, dice que Juan de Flores, vezino del lugar de Arbizu, por el vale que presento, se obligó a llevar de la vodega de mi parte quarenta cargas de vino a precio de dos reales, y medio el cántaro con medio cántaro de pitanza en carga, para el día ocho de septiembre último, y no obstante dicha obligación
tan solamente a llebado ciento nobenta y nuebe cántaros y seis pintas en los días que por menor se expresan a continuación de dicho vale de forma que deducidas las pitanzas quedan en ciento nobenta cántaros y seis pintas, que a precio de los dos reales y medio importan quatrocientos setenta y zinco reales y treinta y quatro maravedís por quenta de los quales entregó a mi parte en dos ocasiones, como es la primera seis reales y seis maravedíes y en la segunda onze pesos y deducidos de dicha cantidad, le resta deber trescientos ochenta y un reales y veinte y ocho maravedís, los que no a podido recobrar ni lo conseguirá, que no sea apremiándosele en Justicia, en esta atención suplica a V. M. mande que dicho Juan de Flores por testimonio de qualquiera escribano real, que le compela, declare bajo juramento al thenor de esta petición con vista del referido vale, si es cierta su narratiba, si por no saber escribir lo hizo y firmó Jorxe Antonio de Arana, Maestro de Escuela de dicha villa de Zirauqui, y si en su virtud se alla debiendo a mi parte los expresados trescientos ochenta y un reales, veinte y ocho maravedís, y negando en todo o en parte que con su citación se reciba información y constando por qualquiera de ambos medios lo necesario condenarle a la paga de dicha cantidad, con costas, las quales y Justicia pido. Félix Escudero.”
            “Auto. En Pamplona en Corte en la audiencia a cinco de octubre de mil setecientos setenta y tres, leída esta petición la dicha Corte a mandado y por este auto manda que Juan de Flores en ella nombrado, mediante juramento ante qualquiera escribano real, que le compela con vista del vale, que la misma petición menciona, que para este efecto le será exibida, declare al thenor de la dicha petición con toda claridad y distinción cada cosa muy en particular de lo que por ella se pide, no haviendo antes de aora jurado, declarado ni havido pleito en su razón, y caso negare en todo o en parte con su citación se reciba información y echa, se presente en la dicha Corte para en su vista probeer Justicia, y despachar por auto ante mi, presente el Señor Alcalde Beortegui. Francisco de Huarte, escribano. Por traslado, Francisco de Huarte, escribano.” (AGN Protocolos Notariales Notaría de Alsasua, Martín Albizu legajo 51)

Pitanza: “chorrotada”; en documentación referida a Cintruénigo, sobre echar agua a la uva declara en 1603 Diego de Muro y reconoce que en septiembre del año anterior lo hicieron por la gran sequía, que había y a unos castellanos, que fueron a comprarles vino, “les dijeron, tenía la dicha cantidad de agua y por ello dieron pitança y cántaros muertos y vendieron más barato por la dicha razón”. (AGN Proceso n.º 100142)
En la venta hecha de vinos de Ana González en 1602 se dice: “vendieron una cuba de vino, que salieron ciento y siete cántaros, vendiose a onze tarjas y media, con pitança de veinte un”. En 1603 dicen: “Una cuba que salieron 65 cántaros y se vendieron a 3 reales y medio con pitança de quince uno. Más se vendió otra cuba que salieron 22 cántaros a precio de tres reales y medio diose de pitança de diez, uno”. (AGN Proceso n.º 30759)
En las cuentas de 1684 sobre los gastos en las viñas que usufructuaba María Carrascón, como viuda de José González de Jate, de Milagro: “Ítem da por descargo 428 reales que se gastaron en cavar las 120 peonadas de viña a razón de a 3 reales y 3 pintas de viño por cada peonada y un cordero y un cántaro de viño de pitanza, que es el estilo que corre en la dicha villa y más diez reales por quatro días que se ocupó Simón de Luquin por sobre estante de los dichos cabadores, que todo junto importa 438 reales”. (AGN Proceso Pendiente, Luis de Abaurre, año 1694 n.º 29)
En su testamento del 8 de agosto del año 1420 el capitán Gutier García de Aguilar, vecino de Tudela deja una “pitança” de 25 sueldos sobre unas piezas para el pago de aniversarios. (AGN Proceso n.º 89739)

Equivale también a “mesada de pan, vino y aceite” de los pastores. (AGN Proceso n.º 21766 del año 1767).. PDF DESCARGABLE

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