Bacaicoa 1527 altercado, costumbres y privilegios
En agosto de 1527 varias ovejas
entran en una “albolba” de Bacaicoa; ya en el pueblo el guarda prende una
oveja, pero llega un hermano y echa mano de otra oveja. Fue suficiente para que
se originara un altercado grave con abundancia de palos; pasado el jaleo, se
reunió el pueblo en batzarre, y se acordó sancionar a cada uno de los que
participaron en el incidente con un florín de multa. La recaudación se gastó en
una comida popular, que costó los 20 florines que se habían cobrado.
Participaron en la bulla “Martín Catalan”, “Joane Perochena”, etc.
El 15 de
septiembre de1527 se toma declaración a varios testigos:
“Pero Lópiz de Çubiri... de 60 años”,
“Miguel Goicoa, Jurado...32 años”,
“María muger de Juangote... 45 años”,
“Juan Sanz de Yarre, Jurado... 40 años”,
“Juanes Hechaverricoa... de 50 años”,
“Juan Lópiz.... de 35 años”
Aluden a sus privilegios contra el Fiscal, diciendo que en
el Valle de Burunda, si de los golpes hay sangre pagan 10 sueldos, y si no hay
sangre, 5 sueldos. Además niegan que en el Reino el Fiscal se haga parte, sin
parte acusante.
Restos que quedan del proceso seguido:
Comisión y comisario:
“Don Carlos
por la divina clemencia, emperador semper augusto, Rey de Alemania, Doña Johana
su madre, y el mesmo Don Carlos por la gracia de Dios, Reyes de Castilla, de
Nabarra, de Aragón, de León, de Granada, de Toledo, de Sevilla, de Cicillia,
Jerusalén, de Valencia, conde de Flandes, e de Tirol, etc. : Al amado nuestro
Johanes de Agorreta, algoazil en este nuestro Reino de Nabarra, salud: fazemos
vos saber que a nuestra noticia e de los Alcaldes de nuestra Corte Mayor ha
venido deziendo que pocos días ha en la Tierra de Burunda y lugar de Vacaycua,
los vezinos rinieron sobre ciertos panes, que comieron varios ganados, e los
unos a los otros dieron palos e cuchilladas de que ubo algunos feridos y mucha
efusión de sangre causando escándalo entre nuestros súditos e que haunque esto
veno a noticia del Alcalde de la dicha Tierra no hizo dilligencia en saber cómo
pasó e prender a los culpados o hazernos saber para que sobrello se probeyese
conforme a justicia, por ende por thenor de las presentes, queriendo prober
sobrello lo que fuere justicia, vos cometemos y mandamos para que luego vistais
aquellas tomando en vuestra compañía a Johan Inizguiz notario vais en persona
al dicho lugar de Bacaycua e Tierra de Burunda e otras partes que será
necesario e mediante juramento recibáis pesquisa e información de testigos del
dicho insulto e cosa sobredichas e recebida la dicha información, a los que
hallareis ser culpantes los prended e presos los trahed a los asinados para
ante nos e los Alcaldes de nuestra Corte Mayor segunt vieredes que resulta de
la dicha pesquisa e información e haced todas las otras dilligencias que al
caso convengan: Que para todo ello con sus dependencias vos damos e conferimos
poder cumplido por thenor de las presentes por las quoales dezimos y mandamos a
las partes principales e a todos e quoalesquiere officiales reales e súditos
nuestros que vos obedezcan e sigan, vengan ante vos, juren, depongan e digan
verdad, cumplan vuestros mandatos e os den el fabor e ayuda que les pidiéredes
e obieres menester so las penas que por vos serán mandadas de manera que
cumpláis lo que cometido y mandado vos habemos.
Otrosí vos
mandamos que de los bienes de los que hallareis culpantes en lo susodicho os
hagáis pagar de vuestros derechos por todas las vías que en ellos os ocupareis
conforme al aranzel. Dada en la ciudad de Pamplona so el sello de nuestra chancillería
somero día de octubre de mil quinientos y veinte y siete años.
Aoyz. El doctor Urçainqui. L. de Echebelz.”
“En el
lugar de Bacaicoa, que es en la Tierra de Borunda, a quinz días del mes de
nobiembre año de mill y quinientos e veinte y siete años en presencia de mi
Juan Iniguez de Azcoitia, notario de sus magestades, Juan de Agorreta, Alguazil
de sus magestades e comisario diputado por los muy magníficos señores Alcaldes
de la Corte Mayor de Nabarra por virtud de la comisión de esta vuestra como paresce
contenida, tomó e rescebió pesquisa e información en el dicho lugar e sobre
relación de lo contenido en la dicha su comisión para tomar e rescebir la dicha
pesquisa e información e ser informado de toda la verdad mandó llamar y citar
para ante sí a Pero Lópiz de Çubiri, Alcalde que fue el año pasado, e a Miguel
Goicoa, Jurado, e a Martíe, Jurado que fue el año pasado e a María muger de
Juangote e a Lope, Jurado, que de presente es e a Juan Sanz de Yarre, Jurado
que fue el año pasado e a Juanes de Hechevería e a Juan Lópiz teniente de
Alcalde que dixo era, los quales dichos testigos seyendo presentados ante el
dicho comisario les tomó e rescibió juramento en forma devida de derecho sobre
la señal de la cruz e santos ebangelios en que cada uno dellos corporalmente
pusieron sus manos... e yo el dicho escribano doy fee... Juan Iniguez,
notario.”
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