Carátula del proceso:
“Del monasterio de Santiago de esta ciudad contra Hernando
de Gainza y Martín de Zubiri, vecinos de Alsasua y Urdiain, sobre que como
testamentarios de Bernardino de Urrutia, les entreguen la mitad de los bienes
de éste, en que había sucedido como heredero, de Fray Miguel de Urrutia, ya
difunto; y por sentencias de la Real Corte se condenó a los defendientes a su
entrega, con que la dicha condenación no excediere de 150 ducados.”
Los frailes
del convento de Santiago en 1595 presentan una queja por Miguel Urrutia,
estudiante ordenado de epístola, y que murió hace año y medio; era de Alsasua,
hijo del cirujano y barbero Bernardino Urrutia, y su heredero en la mitad de los
bienes; esta media herencia es la que reclama el convento, y que
dicen los frailes que la tienen entre Hernando Gainza, de Alsasua, y Martín Zubiri de Urdiain.
dicen los frailes que la tienen entre Hernando Gainza, de Alsasua, y Martín Zubiri de Urdiain.
Los padres
del malogrado fraile habían sido Bernardino y María Elizalde, de cuyo
matrimonio quedaba Joanes Urrutia, siendo sus tutores los citados H. Gainza y
M. Zubiri.
A
estimación de los conventuales el valor de la herencia podría elevarse a 1.800
ducados, estando entre los bienes dos casas en Alsasua y una en Urdiain.
El 29 de agosto de 1587 había testado Bernardino Urrutia:
“En el
lugar de Alsasua a veinte y nueve de agosto de mil y quinientos ochenta y siete
años, Maese Bernardino de Hurrutia, vezino del lugar de Alsasua, hordenó su
húltimo testamento y postrera voluntad en nombre de Dios, Padre, Hijo y
Espíritu Sancto, y quando Dios Nuestro Señor fuere servido de le llevar deste
mundo al otro su cuerpo mandó sea sepultado en la parroquial del dicho lugar de
Alsasua en la iglesia dentro donde está enterrado el cuerpo de María de
Eliçalde, su legítima muger.
1.º Ítem
hordenó y mandó le agan celebrar su enterrorio, nobena y cavo de año en la
dicha parroquial con los clérigos de Vacaycua, Iturmendia, Urdiain, Alsasua,
Olazagutia, y Ciordia, con los parientes compresos en la Premática Real, a los
quales mandó se les dé lo acostumbrado en el dicho lugar de Alsasua.
2.º Ítem
hordenó y mandó se le ofrezcan en la dicha parroquial oblada y cera por espacio
de dos años, las quales mandó se le ofrezcan por mano de quien hordenaren y
mandaren los infrascrito cabeçaleros.
3.º Ítem
hordenó se le ofrezcan doze misas a honor de los doze Apóstoles y otras treynta
de Réquiem reçadas en favor de su ánima y de sus ánimas encomendadas.
4.º Ítem
hordenó y mandó den de limosna de sus vienes del dicho Maese Bernardino a las
seys parroquiales de Burunda sendos reales.
5.º Ítem
hordenó y mandó a San Juan de Sarasu medio robo de trigo.
6.º Ítem
declaró que debe a mi Don Miguel Pérez, abad de Alsasua, veinte y cinco ducados
para los quales me dio el dicho Maese Bernardino doce ducados de a honce reales
castellanos, por la cura y cirujía que el dicho Maese Bernardino hizo en la
persona y cabeça de Mari Eztibariz, hija de Juan de Bengoechea, ya defunto,
concertado y igualado con Antonio de
Velaunça, el censo de los quales veinte y cinco ducados por un año y adelante
mandó se pague.
7.º Ítem
declaró que debe a los herederos de Juan de Arellano, vezinos de Estella, dos
ducados y a la hija de Hernando de Iriarte, escribano real, dos ducados para lo
qual deben el servicio de cinco años, que son cinco robos de trigo y más a
Hernando Gaynça quatro reales, los quales mando se paguen de mis bienes.
8.º Ítem declaró que a Don
Baltasar de Bengoechea dio y prestó cinco ducados para lo qual le tiene dadas
dozientas tablas, lo demás mandó se cobre....
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