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viernes, 20 de septiembre de 2013

Alsasua, Olazagutia: 1782: toponimia en los bienes de Albizu y Arramendía.



Alsasua, Olazagutia: 1782: toponimia

“Escritura de ajuste y convenios, liquidación de cuentas, reparto y sorteo de bienes, otorgada entre Martín de Albizu, escribano real, vecino del lugar de Iturmendi, y Miguel de Zubiría y Rafaela de Albizu, su mujer, hermanos y cuñados respective, vecinos los últimos de Alsasua.” (AGN Protocolos Notariales, Notaría de Lacunza, Juan José Bergera, legajo 5 n.º 23).

Fernando de Albizu y Teresa de Arramendia dejan por herederos a Martín de Albizu (escribano) y Rafaela Albizu (casada con Miguel de Zubiría; tienen en Madrid a su hijo Francisco Fernando Zubiría y Albizu).
            “En el lugar de Alsasua del Valle de Burunda, a seis de marzo de mil setecientos ochenta y dos. Por testimonio de mi el escribano real y testigos infrascritos fueron presentes de la una parte Martín de Albizu, escribano real, natural de este lugar, y vecino del de Iturmendi, comprenso en el propio Valle, y de la otra Miguel de Zubiría y Rafaela de Albizu, su muger, vecinos de este dicho lugar de Alsasua, con asistencia de Francisco Fernando de Zubiría su hijo natural de él, y residente en la Villa y Corte de Madrid, y la citada Rafaela precedida la licencia ordinaria en derecho requerida, que de haver sido pedida, concedida y aceptada doi fe yo el escribano todos hermanos, cuñados, y sobrino: Propusieron que por fin y muerte de Fernando de Albizu y Theresa de Arramendía, su muger, padres que fueron de los referidos Martín y Rafaela, vecinos del mismo lugar de Alsasua, recaieron los dos con igualdad en todos sus bienes raíces y muebles, derechos y acciones, pertenecientes a su universal herencia, y en los de Fernando su padre, mediante su disposición testamentaria ante Joseph de Galvete, escribano real, que fue vecino del lugar de Olazagutia, que no se tiene a mano para calendar su fecha, mes y año, y en los de la madres por su muerte intestada, con cuio motivo deseando hacer el reparto, y sorteo de los que por el expuesto medio les pertenece legítimamente e igualmente el ajuste y liquidación de cuentas, que entre sí tienen en la forma, que avajo se expresará por su orden, les ha parecido mui propio, arreglado y acertado hacer todo ello por escritura en forma, para que conste en claro lo que a cada uno toca en su hijuela, reparto y sorteo, y poder dar la devida luz, y claridad de su derecho y adquisición en los casos y tiempos ocurrentes, lo que no podrían practicar, si procediendo a la buena fe, según estilo del País, se hiciese el expuesto reparto, y liquidación vervalmente, demás de que de ello, resultarían acaso en lo succesivo las dudas, disputas y confusiones, que de dejan reconocer por defecto de menos claridad, y formalidad, y queriendo que una cosa tan loable y bien parecida, como la que tiene de descrivir los vienes y derechos, que les pertenece por herencia de sus mencionados padres con la posible maior expecificación, se lleve desde luego a pura y devida execución, les parece para ello expresar como lo hacen de conformidad en primer lugar, que las causas principales, que han contribuido a la conservación de dichos vienes, que avajo se expresarán, han sido varios adotes, lexítimas y mejoras de considerable monta, que han estado, y devido estar subrogados, y asegurados en ellos, como es el adote de Doña Theresa de Arizaga, muger de Joseph de Arramendía maior, que en dinero, plata, joias, ropa y demás con inclusión de lo que heredó de Margarita de Goizueta, su madre, pasó de dos mil ducados de plata; en segundo lugar lo que llevó Graciana Ezquer de Lizarraga a su matrimonio con Joseph de Arramendía menor en ganados, trigo, dinero, un varquillo de plata, una arca plana, y diez y seis rovadas de tierra blanca, que todo importó seiscientos noventa y ocho ducados, y ha más dos camas cumplidas con su ropa: En tercero lo que llevó al suio dicho Fernando de Albizu con la Expresada Theresa de Arramendía, que ascendió a cerca de quinientos ducados: En quarto obligaciones, fundación y demás deudas, que descrive el imbentario, satisfechas y costeadas por los citados Joseph de Arramendía maior y Doña Theresa de Arizaga su muger, de importe de setecientos sesenta ducados: Y en quinto, y último lugar mejoras... COMPLETO EN PDF 

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