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viernes, 18 de enero de 2013

Ziordia: Sancho de Mazquiaran recibe en abril de 1568 una estocada


Un día del mes de abril del año 1568 gran parte del vecindario de Ziordia estaba de fiesta en casa de Martín López de Errartea; Juanes de Ciordia, hijo de Mari San Joan, hirió de una estocada a Sancho de Mazquiaran, y huyó del Reino.
Esta fuga se interpretó por parte del herido como negligencia de Hernando Galbete, Jurado, y pasó por ello detenido a las cárceles reales de Pamplona hacia el 15 de mayo; se quejaba en ellas de ser de más de 80 años y de no tener más culpa que su ignorancia. Cuando le preguntan en prisión a H. Galbete por lo ocurrido en Ziordia, dice: “Trabaron palabras entre el quejante (S. de Mazquiaran) y Juanes de Ciordia, acusado y yerno deste confesante, no sabe sobre qué, mas de quanto el acusante le dixo al yerno deste confesante que era un villano de ruin linage, y en esto se arremetieron el uno al otro”, y no vio la herida; y sobre S. de Mazquiaran añade que es “un hombre revoltoso, vezero de herir a muchos malamente”.
El 29 de mayo dirige Fernando Galbete otra página de disculpa, manifestando que aquel día en Ziordia, en alusión a Mazquiaran, “todos decían que merezía ser preso, por ser causa de toda la revuelta y quistión que hubo y porque dezían que él era causa de todas las revueltas del pueblo, como realmente lo es, y vecero de herir y maltratar a muchos y de traer siempre revuelta la tierra y todo el pueblo, y al mesmo tiempo pocos días antes también abía querido matar a mi parte, y a otros, y lo que más es que según se dice es público y verdad no fue la herida cosa ninguna, y a mucho tiempo que está bueno y sano y sin daño”.
Acusación que se hace contra Hernando de Galbete el 4 de junio de 1568.
“El Fiscal y Sancho de Mazquiaran, vezino del lugar de Ciordia, en la causa criminal que tratan contra Hernando de Galbete, preso, jurado y vezino del dicho lugar, como de derecho mejor lugar aya entiende probar los artículos siguientes:
Primeramente que el dicho Hernando de Galbete desde Santiago último pasado a esta parte a sido y es Jurado del dicho lugar de Ciordia, y para el dicho oficio de Jurado fue elegido y nombrado por los vecinos y Concejo del dicho lugar y como tal Jurado ha husado y exercitado el dicho cargo de Jurado, y debiendo de usar bien y fielmente el dicho juramento comforme al juramento que tiene prestado, no lo a echo, antes ha hecho lo contrario muchas faltando en su dicho oficio y en prender a los deliquentes y embiarlos presos a las Cárceles Reales de esta Corte y en dexar de hazer otras diligencias, que hera obligado conforme al dicho oficio y cargo, digan los testigos en particular lo contenido en este artículo vieron e oyeron dezir.
Ítem que puede haber tres meses y medio poco más o menos, que estando un día el dicho Sancho de Mazquiaran en casa de un vezino del dicho lugar de Ciordia llamado Martín López de Errartea, con otros muchos vezinos y sacerdotes, olgándose todos y SIGUE EN PDF 10 P

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