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jueves, 4 de octubre de 2012

Privilegio de Burunda del año 1468, confirmado el año 1498


1468: Privilegio de Burunda.
Traído de otro proceso, para el litigio de los Elizalde se copia el Privilegio de Burunda del año 1468 que queda en estos términos:
“S. Magestad. Juan García, Procurador de Miguel y Esteban de Galarça dice que para presentar en vuestro Consejo en la causa que trata con Juan Ochoa de Errarte, y Balança su procurador tiene necesidad de treslado haciente fe de la merced y privilegio que el señor Rey Don Juan deste Reyno dio y concedió a la Villa (sic) de Burunda sobre su livertad y enfranquimiento que está presentado en vuestro Consejo en un pleito que pende en el oficio del Secretario Lecaroz, suplica a V. Magestad mande que el dicho Secretario dé a sus partes treslado feaciente del dicho Privilegio con citación de las partes contrarias o su Procurador y pide justicia. Juan García.”
“En Pamplona en Consejo en la entrada jueves a veinte y dos de setiembre de mil y seiscientos y veinte y dos, leída esta petición presentes Juan García Procurador suplicante y Balança contrario, el Consejo Real mandó que yo el Secretario infrascrito dé a los suplicantes treslado feaciente del Privilegio que por ella piden citando ante y primero a las partes contrarias o su Procurador presentes los señores Licenciados Don Gil de Albornoz, Regente, Eusa, Vayona, Morales, Cevallos y Dotor Murillo del Consejo. Juan de Lecaroz, Secretario.”
“En Pamplona lunes a veinte y seis de setiembre de mil y seiscientos y veinte y dos, yo el Secretario infrascrito notifiqué la conpulsoria y auto sobre escritos a Juan de Huarte y Balança, Procurador contrario, y en seguiente le cité y aperceví para que si quisiere se alle presente oy este día en mi escritorio entre las ocho y nueve oras de la mañana, el qual después de aver oydo y conprendido dixo que se dava por notificado y que no consiente en lo prejudiciable a su parte y protesta de inpugnar en su tiempo y lugar y esto respondió y en fe dello firmé: Juan de Lecaroz, Secretario.”
“Privilegio y merced de la Reyna Doña Leonor, confirmado por el Rey Don Juan: Don Juan por la gracia de Dios Rey de Navarra, duque de Nemox, de Gandia, de Momblanc, de Pena fiel, Conde de Fox, Señor de Bearrn, Conde de Begorra, de Rivagorça, de Pontiebre, de Peiregor, Vizconde de Limojes, Par de Francia, e Señor de la ciudad de Balaguer, etc. Doña Catelina por la misma gracia Reyna propietaria del dicho Reyno, Duquesa de los dichos Ducados, Condesa y Señora de los dichos Condados y Señoríos, a quantos la presente vieren y oyrán salut: hacemos saver que avemos visto una Gracia y Merced por Doña Leonor de ynmortal memoria aguela nuestra lugarteniente general por el Rey Don Juan de gloriosa recordación visabuelo nuestro, Rey de Navarra y de Aragón, a los moradores de nuestra Tierra de Val de Burunda, es a saver a los lugares de Vacaicoa, Iturmendia, Urdiain, Alsasua, Olaçagutia e Ayuca, fecha del cens, pecha o deuda a nuestro patrimonio por ellos devida, la qual es del tenor seguiente:
Doña Leonor, por la gracia de Dios Princesa Primogénita de Navarra, Infanta de Aragón, e de Cicilia, Condesa de Fox, e de Begorra, Señora de Bearne, Lugarteniente general por el serenísimo Rey muy mi reductable señor padre en este su Reyno de Navarra, a quantos las presentes verán salut: .... SIGUE EN PDF

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