Páginas

miércoles, 24 de octubre de 2012

Ordenanzas del Valle de Burunda del año1563, en copia del año 1575


Ordenanzas del Valle de Burunda del año 1563 en copia efectuada por el notario de Alsasua Hernando de Iriarte el 8 de mayo de 1575.

Esta copia tiene los defectos normales en cualquier reproducción de un texto tan extenso, pero que al resultar de fácil interpretación se han dejado como aparecen; de estas ordenanzas, cotos y paramentos, se conocen otras trascripciones antiguas que prácticamente nada mejoran ésta.

“Visto por mí, el Licenciado Bayona, abogado de las Reales Audiencias deste Reyno de Nabarra y árbitro de suso nombrado por los dichos Alcaldes y Jurados y vezinos y concejos de los dichos seis lugares del Valle de Burunda el compromiso y poder por ellos otorgado y el nombramiento de los dichos doze diputados de los dichos lugares, de lo qual me hicieron fee y relatión ante el scribano desta causa, ansí el merino del dicho Valle, que por mi mandado hizo juntar los dichos pueblos para hacer la dicha diputatión y nombramiento, como los mismos diputados, que ante mi se presentaron y la informatión y pareceres de ellos y todo lo que los dichos diputados platicaron y acordaron con mi acerca lo que combenía hordenar y probeer para el bien común del dicho Valle, y de la goarda de los montes y paztos y panificados del y otras cosas, abida sobre ello consulta y deliberatión ansí de los dichos diputados, como de otras personas principales y más entendidas del dicho Valle y vistas las allegationes e informaciones, que ansí por scripto como de palabra presentaron, y lo que tengo entendido de los proceso echos sobre el mismo negotio entre las dichas partes en el Real Consejo deste Reyno, declaro, condemno y mando a los dichos Alcalde, Jurados, vezinos y concejos del dicho Valle comprometientes que agora son y a los que adelante fueren que observen, goarden y cumplan los capítulos, declaraciones y hordenanças seguientes, so las penas en el dicho compromiso contenidas.
1 Primeramente declaro y mando que todos los términos, hiermos y montes y paztos de qualquiere manera e hierbas e agoas, que están dentro de los límites y mojones del dicho Valle de Burunda, ayan de ser y sean como de siempre aca lo an sido y son comunes pro indiviso de todos los dichos seis lugares y concejos de Vacaycua, Iturmendia, Urdiayn, Alsasua y Olaçagutia y Ciordia y de todos los vezinos dellos en propiedad y posesión y en toda manera de goçamiento.



No hay comentarios:

Publicar un comentario